martes, 8 de mayo de 2012

MODELO RECURSO DE ALZADA ESCOLARIZACIÓN

Por si alguien necesita un modelo de recurso de alzada, he colgado un modelo de escrito pidiendo ver el expediente y dos modelos de recurso de alzada (uno viendo expediente y otro sin verlo) en:

http://projusa-abogado.blogspot.com.es/2012/04/muy-importante-real-decretoley-142012.html

(Lógicamente tenéis que adaptar fechas, datos, nombre y demás a vuestro caso concreto)

186 comentarios:

  1. NO PUEDO ACCEDER A DICHOS MODELOS. POR FAVOR ME GUSTARIA SI ES POSIBLE QUE ME EXPLIQUE COMO PUEDO ACCEDER A ELLOS.
    HE SOLICITADO A LA CONSEJERIA QUE ME INFORMEN DE COMO PUEDO VER LOS EXPEDIENTES Y SU RESPUESTA LITERAL ES QUE EL PERIODO DE AUDIENCIA HA FINALIZADO.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. solo hay que pinchar en

      http://projusa-abogado.blogspot.com.es/2012/04/muy-importante-real-decretoley-142012.html

      desplazas hacia abajo la página y los veras

      Eliminar
  2. El recurso de alzada, ¿es obligatorio antes del Contencioso Administrativo? o ¿se puede interponer recurso Contencioso Administrativo sin haber ejercitado el recurso de alzada en vía administrativa?
    Gracias, espero respuesta por los abogados de projusa.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. si, es obligatorio, pero lo bueno es que tambien es gratis, no hace falta abogado para hacerlo

      Eliminar
  3. El recurso de alzada, ¿es obligatorio antes del Contencioso Administrativo? o ¿se puede interponer recurso Contencioso Administrativo sin haber ejercitado el recurso de alzada en vía administrativa?
    Gracias, espero respuesta por los abogados de projusa.

    ResponderEliminar
  4. Tengo una duda. Si un recurso de alzada es pedido por varias familias y en él constan los nombres y DNI de cada uno de ellos, a la hora de presentarlo no hace falta que se presenten todos los firmantes en Delegación,no? Asimismo, para ver los expedientes en delegación supongo que tampoco es necesario que vayan todos los que han firmado dicho recurso, no? Bastaría con que fueran los que pudiesen el día en que seamos convocados?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. no, basta que firmen todos el escrito

      para ver los expedientes (suponiendo dejen verlos) no solo puede ir un solo padre, sino que además lo van a agradecer los funcionarios de educacion

      no obstante, en vez de un escrito firmado por muchos padres, mejor varios escritos, uno por cada padre, supongo que cada uno tendrá algo distinto que alegar, en mi opinion hace mas fuerza en varios separados

      Eliminar
  5. Antes de exponer mi duda quiero agradecer a PROJUSA su magnifica labor informativa a los padres que como yo pretenden Dar una escolarización a sus hijos en los centros elegidos dentro de su área de influencia, así que dicho esto entro en materia
    Me encuentro la primera de la lista de no admitidos en el centro elegido como prioritario, tengo indicios de que entre los admitidos se ha cometido un fraude por domicilio, mi pregunta es tiene fuerza probatoria el acta presencial levantada por notario para demostrar que en ese domicilio no vive quien dice vivir, esto lo adjunto al recurso de alzada. Si demostrado el fraude cuando puedo matricular a mi hija? En junio, septiembre? O que me aconsejáis que haga? , gracias de antemano.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Susana aunque tarde nos permitimos invadir el terreno de nuestro amigo el Abogado.
      El certificado de empadronamiento tiene validez acreditativa ADMINISTRATIVA del lugar de residencia.
      Con el acta presencial de un Fedatario Público como es un NOtario ( tiene la misma fuerza testifical que por ejemplo una acta levantada por un agente de la Policia Local) debeis presentar la denuncia al Recurso, y solicitar al Ayuntamiento el cambio de empadronamiento, según hemos detallado en la entrada sobre fraude domiciliario.

      Eliminar
    2. Susana aunque tarde nos permitimos invadir el terreno de nuestro amigo el Abogado.
      El certificado de empadronamiento tiene validez acreditativa ADMINISTRATIVA del lugar de residencia.
      Con el acta presencial de un Fedatario Público como es un NOtario ( tiene la misma fuerza testifical que por ejemplo una acta levantada por un agente de la Policia Local) debeis presentar la denuncia al Recurso, y solicitar al Ayuntamiento el cambio de empadronamiento, según hemos detallado en la entrada sobre fraude domiciliario.

      Eliminar
    3. algunas sentencias dicen que sin "atacar" el padron, aportes lo que aportes, ya sea informe de detective o lo que sea, no sirve para nada
      no obstante, adjunta el acta al recurso de alzada, delegacion mandara a la policia local al domicilio y si comprueban que tienes razon echaran a ese niño y estimaran el recurso y en septiembre o octubre podras hacer la matricula, pero dudo que lo consigas en via administrativa, el acta notarial por si sola no creo que baste para echar al niño, pide tambien notas simples al registro de la propiedad

      Eliminar
  6. En las Lista publicadas en el C.D.P. Compañía de Maria de Jerez de la Frontera el día 16 de Abril para el curso de 1º de Prima (donde no se ofertaban plazas) aparecen 9 solicitudes baremadas para 0 plazas.. En esta lista se aprecian la existencias de dos solicitudes que proceden del mismo centro que solicitan, con lo que deducimos que son medidas cautelares. Hasta aquí todo bien.

    En las siguientes listas publicadas, donde se describen las solicitudes Admitidas, No Admitidas y Desestimadas, se aprecia las 9 solicitudes originales en la lista de NO ADMITIDOS, cosa que se esperaba puesto que no existían plazas ofertadas. Y en la lista de DESESTIMADOS aparece una solicitud presentada fuera de plazo, con 0 puntos y que además el centro de origen es el mismo que solicita (con lo cual entendemos que también es de medidas cautelares).

    Después de esto, nos quedamos a la espera de ver en qué centro nos reubican y es aquí donde llega nuestra sorpresa; en la lista de adjudicación de centros, solo aparecemos cuatro de la lista original de 9 solicitudes y un quinto que es el de la lista de desestimados y que además le conceden una plaza en el centro que todos hemos solicitado y en el que no existen vacantes. ¿Cómo puede ser que se le de una plaza, saltándose una lista de nueve solicitudes? Y ademas, en la lista original ya existian dos alumnos con medidas cautelares y le han asignado otro centro....si hubiera existido alguna plaza se la hubieran dado a uno de ellos porque ademas por puntos, le superaba con creces.

    Lo comentamos con el Centro y ellos nos dicen que consideran que es un error, puesto que plazas no tienen y que lo que debemos a hacer es denunciar dentro del plazo de alegaciones este error en La Delegación Provincial, en este caso la de Cádiz.

    Espero no se me pase ningún detalle de lo acontecido y esperando que nos pueda orientar, reciba un cordial saludo y muchisimas gracias por su tiempo y atencion,

    ResponderEliminar
  7. es dificil dar una respuesta de lo que ha pasado sin ver el expediente,ver el listado inicial de solicitantes, sus puntos, y el listado final, en cualquier caso, recurre en alzada

    ResponderEliminar
  8. Hola buenas tardes!! no se si este blog sigue activo....quería preguntar si alguin me podría decir donde puedo encontrar exáctamente, es decir en que legislación pone explícitamente que el recurso de alzada es preceptivo antes de interponer el contencioso.......el contencioso no procede contra actos que causan estado o son firmes en vía administrativa? y el lapso de un mes desde la resolución correspondiente de la autoridad que proceda, no hace devenir ese acto recurrible en firme?? luego a partir de ese mes, debería em`pezar a contar el plazo para la interposición del contencioso no?? muchas gracias!! es que estoy estudiando derecho, pero no encuentro respuesta a esta duda!! saludos

    ResponderEliminar
  9. la pagina de projusa esta inactiva pero el blog sigo prestándole atención y respondiendo cuando puedo

    el recurso de alzada es necesario, lo dice el decreto 40/2011, la ley 30/1992, y la ley de la jurisdicción contencioso administrativa. por supuesto, si pasa un mes sin recurrirlo el acto es firme, por eso hay que presentar el recurso de alzada antes del mes. trascurrido el mes, son 3 meses el plazo para resolver, y si no se entiende desestimado por silencio y puedes ir al juzgado contencioso

    ResponderEliminar
  10. Buenas tardes, tenemos un hijo que se ha quedado fuera del colegio elegido como unica opcion y la Junta de andalucia nos ha asigando de oficio un colegio, en la misma zona, pero en el barrio mas marginal de Cordoba.
    Nos dicen en educacion que podemos solicitar la reasignacion a traves de un recurso de alzada, ¿existe algun documento tipo? por otra parte hay niños que han entrado falseando datos, ¿es conveniente denunciarlos?

    ResponderEliminar
  11. Un modelo de recurso de alzada es el que he colgado en:

    http://projusa-abogado.blogspot.com.es/2012/04/muy-importante-real-decretoley-142012.html

    Lo de los niños que han entrado falseando datos, no es que sea conveniente denunciarlos, es que es fundamental denunciarlos si quereis entrar.

    Con el recurso de alzada no os dan plaza a vuestro hijo a menos que echéis a otros niños que han cometido fraude y ocupeis su puesto. Dependiendo del puesto que ocupeis en la "lista de espera" de los no admitidos, tendréis que denunciar más o menos fraudes. Por ejemplo, si estais los primeros de la lista de espera, bastaría denunciar un único fraude y que la Junta de Andalucia lo detecte y quiera investigarlo.

    Lo normal son fraudes en domicilios, son fáciles de detectar acudiendo al registro de la propiedad, para eso hacen falta los datos de los padres, pero la prueba definitiva es la policía local que puede ir a las casas siempre que la mande la consejería de educación o el juzgado. En el recurso de alzada teneis que denunciar con nombre y apellidos a los niños y padres que han mentido y solicitar a la consejería de educación que mande la policía local a las casas a comprobar si de verdad viven allí, y que si descubren que son falsos informen al juzgado de guardia o al ministerio fiscal para que procesen a esos padres y madres por un presunto delito de falsedad. Dependiendo de los casos, algunas veces mandan la policía y otras no, si no lo hacen, teneis que ir al juzgado para que el juez sea quien mande la policía, hay ya hace falta abogado y pagar tasas judiciales. Mi consejo es recurrir siempre, el recurso de alzada es gratis y no hace falta abogado, presentarlo ya, no esperar al ultimo dia del plazo, cuanto antes lo presentéis antes podeis ir al juzgado si la consejería de educación no os hace ni caso (que desgraciadamente es lo que ocurre en ocasiones, te responden al recurso de alzada con una resolución estandarizada y no se molestan en comprobar las irregularidades que se denuncian). Si llega septiembre y no habéis presentado recurso de alzada, ya no podeis ir al juzgado. Es decir, en muchos casos es necesario llevar el asunto al juzgado para conseguir que os den la razón, PERO SI NO PRESENTAIS RECURSO DE ALZADA ANTE LA CONSEJERIA LUEGO NO PODEIS IR AL JUZGADO, el recurso de alzada es condición necesaria para ir al juzgado, repito aún a riesgo de ser pesado, si no haceis recurso de alzada, se entiende que estais conformes con ese listado de admitidos que os deja fuera y luego no podeis ir al juzgado a pedirle al juez que lo rectifique.




    ResponderEliminar
  12. Buenas noches ,soy nuevo por aquí y es que estaba buscando información sobre recursos de alzada tanto de fraude o como por ratio , mi hijo ha solicitado como prioridad un colegio que esta a unos 200 metros de su casa en la misma acera , y a quedado el 17 de 16 plazas que salieron a sorteo , y quiero luchar por que entre en ese colegio , ya que se de algunos fraudes y también quiero hacer que aumenten el ratio pues tiene 50 plazas y se han quedado fuera 6 niños con la misma puntuación , escribo desde Sevilla , gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. dos cosas:
      a) aumento de ratio, es discrecional, no puede exigirse, si quieren lo conceden y si no quieren no (normalmente se hace para no separar a hermanos, o para escolarización tardia), lo normal es que no lo concedan si quedan plazas vacantes en otros colegios de la zona
      puedes pedirlo, pero en un escrito aparte del recurso de alzada, no pierdes nada por intentarlo
      b) recurso de alzada: si sabes de irregularidades, pon recurso de alzada, es gratis, usa el modelo que he colgado en la web, no hace falta abogado, si estas me dices el 1º de lista de espera, con encontrar un solo fraude entras seguro, ánimo

      Eliminar
    2. Gracias , por la ayuda y seguiré luchando

      Eliminar
  13. En primer lugar; Gracias por la información de este Blog.Es genial !!

    En segundo lugar, me gustaría que me dieseis luz con el caso de la escolarización de mi niña de 3 años;
    Después del sorteo de empate y habiendo salido la asignación de plazas definitiva donde nos ha faltado 2 puestos para admisión, nos han dado un colegio que esta a 10Km de nuestra casa y el que habíamos cogido en la 3 opción.

    ¿Qué opciones tengo?
    ¿Cómo se asignan las plazas después de las 75 vacantes originales? Porque han asignado 5 plazas extras, en esta última admisión definitiva... ¿Se podrían pedir más?

    Supongo que pueda haber gente en mi situación en el mismo colegio, ¿se podría plantear permutas?

    MUCHAS GRACIAS !!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. las 5 plazas extras deben ser resultado de un aumento del ratio
      esas plazas extras se deben asignar respetando la "lista de espera", en el mismo orden
      se puede pedir más aumento de ratio, pero lo veo difícil, por pedirlo no pierdes nada
      en cualquier caso, presenta un recurso de alzada/reclamación, no cuesta nada ni pierdes nada por intentarlo, denuncia niños/as concretos que sepas que han cometido fraude
      lo de las permutas no se a que te refieres

      Eliminar
  14. Buenas noches,he solicitado colegio para mis dos hijos y han cogido solo a uno ,el mayor se ha quedado primero en la lista de no admitidos por falta de plazas.En el colé me han dicho que espere a las definitivas por si algún niño cambiara de domicilio u otras circunstancias pero que lo ven dificil. He llamado a la comisión de escolarización y allí dicen que después de las definitivas presente un recurso de alzada para que aumenten el ratio por reagrupación de hermanos. Por favor serian tan amables de mostrarme un modelo ,no tengo ni idea y esto es un jaleo... muchísimas gracias.

    ResponderEliminar
  15. para pedir el aumento de ratio por reagrupación de hermanos no hace falta recurso de alzada, es una simple instancia (expone y solicita), en la que explicas lo que ha ocurrido y pides que aumenten el ratio para que entre tu niño/a

    independientemente de eso, en otro escrito diferente, presenta recurso de alzada, no para pedir aumento de ratio, sino para que echen a los niños/as que hayan cometido fraude (generalmente en domicilio), sigue el modelo que he colgado aquí en el blog, tienes que concretar que niños piensas que han mentido en el domicilio (o en otras circunstancias), siempre hay alguno

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Muchísimas gracias,lo haré así, espero tener suerte. Un saludo ;)

      Eliminar
    2. Buenas hoy al salir las definitivas mi niño sigue estando en las listas de no admitidos,el primero de la lista , pero me han dicho que me acerque el día 20 por queseguro que un niño va a repetir y habrá una plaza libre que será para mi hijo al estar el primero y tener el hermano pequeño admitido,aún así debo realizar la instancia de aumento de ratio o no? ¿ cuanto tiempo tengo para realizar dicha instancia? Muchísimas gracias , un saludo.

      Eliminar
    3. haz la instancia de aumento de ratio, no pierdes nada por pedirlo
      el dia 20 pasa por si hay vacante, pero presenta en cualquier caso recurso de alzada, no te confies en que salgan vacantes (conozco muchos casos que no recurrieron confiando en aumentos de ratio o plazas extraodinarias y luego se quedaron en la calle y se les pasaron los plazos para recurrir)

      Eliminar
  16. Buenos días.
    Para este curso 2014-2015 hemos solicitado una plaza para 2º de primaria en un colegio religioso en el que no se han ofertado vacantes.
    Realmente hay 74 niños escolarizados en dicho curso, es decir habría una hipotética plaza, pero según el colegio no se oferta porque será absorbida por los repetidores (se prevén 4).
    Mi hijo está escolarizado en dicho centro desde hace más de dos años con medidas cautelares por reagrupación de hermanos pero hace un par de meses salió la Sentencia del TSJA en contra y en estos momentos tiene que abandonar el centro. Hemos recurrido al Tribunal Constitucional, pero no entro en detalles para no marearle.
    El año que él entró, curso 2011-12, mi hijo pequeño de 3 años entró por sorteo y este de 4 años se quedó el primero de la lista de no admitidos.
    Solicitamos la reagrupación pero nos la denegaron. Nos fuimos al contencioso, nos autorizaron la medida cautelar pero tres años después lo hemos perdido.
    Mi pregunta va relacionada con esto. En la actualidad están expulsando a la mayoría de niños con cautelares por el cambio de doctrina del Supremo (marzo de 2012), algo que ha afectado también a mi hijo aunque nosotros en el recurso no argumentamos el tema religioso sino la reagrupación de hermanos.
    En el colegio hay aún otros alumnos escolarizados por medidas cautelares.
    En su curso han presentado la solicitud para este curso 2014-2015 otros tres cautelares.
    Algunos de ellos tienen también puntos por hemanos en el centro pero con la diferencia de que los hermanos pequeños que ahora les dan puntos obtuvieron plaza en su momento gracias a los puntos que les otorgó el mayor que estaba con medidas cautelares, caso que no es el mío.
    El mío cautelar tuvo sus puntos gracias a mi otro hijo que ya estaba dentro.
    Algunos de estos niños en el listado definitivo para este curso han quedado por delante del mío por puntos de renta, familia numerosa, etc.
    He oído que podría recurrir las listas y solicitar que se eliminen los puntos de hermanos (teoría del fruto envenenado), ya que si ellos de cautelar dieron puntos a los pequeños para que entraran, ahora los pequeños no le pueden dar puntos a ellos, que esto no sería legal. Por favor, oriénteme y dígame si puedo solicitar esto, ya que si mi hijo queda el primero podría obtar a esa hipotética plaza que queda.
    Todos los demás están por su parte solicitando la plaza. Con lo fácil que sería que la Delegación aumentara la ratio. Esto es una pesadilla.
    Muchísimas gracias de antemano.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Efectivamente, es defendible que los hermanos que están en virtud de puntos obtenidos por una cautelar que luego fue revocada, no puedan a su vez dar puntos al hermano que ahora quiere entrar, aunque no conozco ninguna jurisprudencia sobre eso, el planteamiento es jurídicamente impecable, en mi opinión

      yo incluso iría más lejos, atacaría la plaza adjudicada a los hermanos menores que entraron con los puntos obtenidos del mayor que estaba con cautelares ahora revocadas, quizás se podría plantear un recurso extraordinario de revisión o declaración de nulidad, pero el tema es complejo y habría que estudiarlo en profundidad (igual que en lo anterior, no conozco ningún caso que se haya hecho, pero jurídicamente lo veo viable)


      Eliminar
  17. Muchas gracias por seguir respondiendo las preguntas de estos padres desconsolados y ansiosos de respuestas.

    Queríamos aclarar una duda que albergamos. Nuestra hija ha quedado fuera de los admitidos y por sorteo nos ha tocado el ultimo lugar de tres excluidos.Tenemos muy fundadas sospechas que una familia ha mentido en su lugar de residencia, esto por supuesto, habría que corroborarlo.La duda radica en si nosotros hacemos los recursos e investigaciones pertinentes y se termina demostrando finalmente esta falsedad, ¿Quien entraría en el colegio quedando su plaza vacante? ¿Seria el primero de la lista y así sucesivamente? o ¿ por el contrario seria la persona que hace la reclamacion, siendo esta la única en hacer dicha reclamacion?. Decir tambien que la primera persona de la lista, ya esta reubicada y contenta con la decisión,tan solo quedaríamos dos personas, estando nosotros en ultimo lugar.

    Gracias por anticipado

    ResponderEliminar
  18. no esta claro quien entra, el criterio en via administrativa, con el recurso de alzada, es que si "echas" a un niño, la lista "corre" para todos, no solo para ti, sin embargo, en sede judicial, la jurisprudencia a veces entiende que solo el que ha recurrido se puede beneficiar de que "corra" la lista
    ten en cuenta además que al "echar" a un niño la lista se recalcula, ya que varia el numero de empatados

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. también ten en cuenta que cuando en septiembre al 1º y 2º de la lista les ofrezcan la plaza que tu has conseguido es probable que renuncien a ella si ya se han ido a otro colegio

      Eliminar
    2. Entonces voy a investigar y poner todos los medios que me sean posibles para averiguar la verdad.
      Tambien estoy dandole vueltas a llegar a un acuerdo con las personas que estan en 1º y 2º lugar, pues si ellos no van a mover un dedo, hacer algun tipo de escrito o acuerdo en el cual ellos renuncien a la plaza llegada la circunstancia.
      En este caso ¿nos recomendariais elegir un abogado para guiar nuestros pasos??

      Eliminar
    3. lo de llegar a un acuerdo con el 1º y el 2º, yo no haría nada, si corre la lista a lo mejor ni se enteran y si se enteran a lo mejor renuncian, como te he dicho, y un acuerdo firmado renunciando a una plaza futura dudo que tenga mucha validez jurídica (seria mas bien que desisten de su solicitud de plaza en el colegio, pero es que esa solicitud ha dado lugar a un procedimiento ya terminado, es dudoso que valga), incluso si te reúnes con ellos les vas a poner sobre aviso y pueden estar pendientes por si sale la plaza, lo mejor es recurrir sin decirles nada y "rezar" para que no se enteren de que ha "corrido" la lista y/o para que llegado el caso renuncien (antes es discutible que puedan renunciar, el derecho no ha nacido)
      lo del abogado, eso como tu veas, el recurso de alzada no necesitas abogado, simplemente tiene que estar bien redactado, claro, ordenadas las ideas, y decir claramente que niños comenten fraude y en qué consiste el fraude, y pedir que los echen y les quiten los puntos, pero si quieres te lo puede hacer un abogado

      Eliminar
  19. Buenos días, me pongo en contacto con usted para intentar buscar una opinión profesional, un grupo 22 padres estamos totalmente desesperados por lo ocurrido y desgraciadamente vemos que esto no tiene solución, le indico brevemente la situación:
    La delegación de Granada ha decidido eliminar 50 plazas de dos colegios públicos de la localidad, sin tener en cuenta el número de solicitudes ni desde luego la escolarización sobrevenida, que teniendo en cuenta que se trata de un municipio de más de 60000 habitantes, se debería de considerar. La cuestión es que uno de los colegios donde han eliminado la línea ha tenida 72 solicitudes y siempre ha sido un centro de tres lineas, este año escudándose en la reducción de solicitudes han ofertado sólo 50 plazas. En la Comisión de Escolarización los datos que manejan es que tan solo quedan 17 asientos libres en la localidad, otro dato es que las plazas que quedan libres son en los colegios, que por un motivo u otro nadie quiere,.., en fin que no entendemos nada, por lo que hemos visto sólo nos queda hacer el recurso de alzada y matricularnos en alguno de esos colegios para no perder la posibilidad de que si se pusiera la línea nos llamen. Me gustaría que nos diera su opinión, en Delegación nos hemos reunido con el Jefe de Planificación el cual solo dice que no hay solicitudes.
    Muchas gracias de antemano y un saludo

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. la planificación de los centros, el número de líneas, las plazas ofertadas, es algo que corresponde a la delegación, poco se puede hacer, más que suplicar y rogar, o ir a l prensa a quejarse (quizás esto último es más efectivo)
      el recurso de alzada sirve solo para que las plazas ofertadas se asignen aplicando correctamente el decreto y los puntos, pero via recurso de alzada no cabe pedir que oferten mas plazas, líneas o aumentos de ratio
      si han reducido líneas, eso se podría haber recurrido (con poco éxito, creo) en el momento en que se ofertaron las plazas vacantes, pero entiendo que ahora poco se puede hacer

      Eliminar
  20. Pido disculpas si no puedo responder en detalle a cada caso, pero es por falta de tiempo, son docenas las consultas que intento responder a diario a través de este blog mas otras que me llegan por email, puedo equivocarme porque cada caso requiere un estudio en profundidad, dedicarle tiempo, y conocer todos los detalles, lo que pretendo es solamente orientar mínimamente a los padres de forma desinteresada, esto no pretende ser un asesoramiento jurídico, para un estudio más profundo de cada caso y asesoramiento en detalle recomiendo que acudan a un abogado de su ciudad (si la renta de la familia es baja pueden pedirlo de oficio, gratis, preguntad en el colegio de abogados de vuestra ciudad)

    ResponderEliminar
  21. Estimado Sr. Abogado, agradezco de antemano la molestia que tiene en responder nuestras cuestiones. Querría preguntarle una cosa del proceso general de escolarización. Se han presentado las baremaciones y el tipo de sorteo para dirimir los empates, y queremos presentar una reclamación por entender que el sorteo no se hace en igualdad de condiciones. Quería saber si la primera reclamación se presenta en el centro educativo que barema o si se presenta la reclamación en la Consejería de Educación. ¿Eso ya sería considerado recurso de alzada? En la normativa dice que primero tiene que ser en el centro educativo.

    Muchas gracias, Miguel Ángel.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. cualquier escrito que presentes ahora contra la lista definitiva, le llames como le llames, se debe tramitar como un recurso de alzada o reclamación, o sea, que si discutes la aplicación del sorteo, debes presentar recurso de alzada o reclamación, igual que si discutes domicilios u otra cosa
      el sitio donde se presente no tiene importancia, pero lo correcto es:
      a) si es centro concertado, se llama "reclamación" y se puede presentar tanto en el colegio como en la delegación de educación (yo lo presentaría duplicado en ambos sitios, no cuesta nada) si la presentas en el colegio, ellos la mandan a la delegacion
      b) si es centro publico, se llama "recurso de alzada" y lo correcto es presentarlo en la delegación (o incluso en cualquier registro de la junta de andalucia), pero no pierdes nada si también lo presentas en el colegio

      Artículo 52 Recursos y reclamaciones

      1. Los acuerdos que adopten los Consejos Escolares de los centros docentes públicos sobre la admisión del alumnado, así como los de las comisiones de garantías de admisión, podrán ser objeto de recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa.

      2. Las decisiones que sobre la admisión del alumnado adopten las personas físicas o jurídicas titulares de los centros docentes privados concertados podrán ser objeto de reclamación en el plazo de un mes ante la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa. Cuando dicha reclamación se presente ante la persona física o jurídica titular del centro privado concertado, ésta deberá remitirla a la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación en el plazo de diez días, con su informe y con una copia completa y ordenada del expediente.

      3. El recurso de alzada y la reclamación a los que se refieren los apartados anteriores deberán resolverse y notificarse a las personas interesadas en el plazo máximo de tres meses desde su interposición, debiendo, en todo caso, quedar garantizada la adecuada escolarización del alumno o alumna.

      Eliminar
  22. El sorteo al que me refería anteriormente era uno en el que han sacado una letra y se irán tomando los niños de la lista ordenada alfabéticamente. Creo que de esa forma no se asegura un sorteo justo al haber diferencia frecuencia de apellidos de ciertas letras respecto a otras.
    Gracias otra vez.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. no se si estas en Andalucia, porque en Andalucia no se hace así, aquí se hace un sorteo en Sevilla que se aplica para toda Andalucia, antes aquí era colegio a colegio y creo que era algo asi como dices, si no vives aquí, deberas ver la normativa aplicable en tu comunidad autonoma

      Eliminar
  23. buenas noches,
    como presento despues de el recurso de alzada, los datos de los domicilios falsos.?

    ResponderEliminar
  24. quisiera concretar, he presentado el recurso de alzada en tiempo y forma (modelo sin ver expedientes), posteriormente , una vez visto los expedientes y habiendo investigado, he localizado 5 posibles fraudes en domiclio.
    ¿puedo presentar en la delegacion de educacion un anexo del recurso de alzada presentado, aunque este fuera del mes de plazo?
    gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. En teoría no deben admitir nada ahora al estar fuera de plazo, pero por presentarlo no pierdes nada, quizás lo tengan en cuenta, presentalo en formato instancia como "ampliación o aclaración del recurso presentado en fecha XX" por el que pones en conocimiento de la delegación hechos conocidos con posterioridad

      Eliminar
  25. Cuando solicite la plaza en el colegio para mi hija de 3 años estaba pendiente de un certificado de discapacidad.lo he recibido y en el mismo indica que es valido con fecha anterior a la solicitud del colegio.hay un decreto que así lo indica.le ido al colegio para hacer una reclamación y me dicen que como ha salido la lista de admitidos ya no tiene validez presentar el certificado que la normativa es así.mi hija entro en sorteo y no fue admitida pero con este punto por mi discapacidad habría sido admitida.que debo hacer?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. haz recurso de alzada, aporta el certificado, no tengo claro que valga aportarlo ahora, pero por intentarlo no pierdes nada

      Eliminar
  26. Buenos días!

    Sospechamos de fraude por escolarización el colegio de mi hijo. El plazo para recurso de alzada sería del 27/05 al 26/06 verdad? Fuera de ese plazo ya no cabría reclamación algo, no? Cuánto tardarían en tramitarlo. Gracias.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. el plazo para recurso vence el 26 de junio (si no me equivoco)
      después ya no puedes hacer nada si no has presentado recurso
      tardan en tramitarlo varios meses, normalmente resuelven a primeros de septiembre justo antes de empezar el curso
      no obstante, casi todos los años la consejería declara de urgencia el procedimiento, eso significa que a partir de 1 mes y medio de presentado el recurso se entiende desestimado por silencio administrativo, lo que te permite ir ya al Juzgado en julio sin esperar a septiembre a que resuelvan expresamente

      Eliminar
  27. Buenos días, antes de nada muchísimas gracias por toda la información que se publica en el blog, lo cierto es que hasta que no nos encontramos en la situación de mandar a los peques al cole ni nos imaginamos por lo que hay que pasar, al menos las "familias convencionales" que tenemos puntos por padrón.

    Mi caso es el siguiente: quedamos en sorteo para 6 plazas vacantes en un colegio y tras quedar fuera nos mandaron al típico colegio que no quieres que vaya tu hijo, para colmo este año es el primero en el que hay más plazas que niños (o al menos eso nos dijeron) con lo que iba a ser imposible que se aumentasen ratios, etc... Como primerizos no revisamos expedientes en su día y cuando quisimos ver que se podía hacer sólo nos quedaba la posibilidad de un recurso de alzada, y tratar de conseguir información como fuese de los niños que están en el listado de admitidos para ver si se podía hacer algo.

    Tras pasar varios días buscando encontramos una publicación en el Boletín Oficial de la Provincia donde se daba de baja del padrón a un niño (nombre y apellidos extranjeros) que coincide con uno de los admitidos en el colegio. La baja del padrón se produce por caducidad de la inscripción (los extranjeros tienen que renovarla expresamente cada 2 años) y se publicaba en el BOP por imposibilidad de notificación, sirviendo la propia publicación como notificación. La fecha de la publicación es de días antes del inicio del periodo de baremación con lo que los puntos del empadronamiento no le deberían corresponder. En realidad no debería tener derecho a la educación al no estar empadronado. Los datos que consulta la Junta de Andalucía son del INE y no se actualizan hasta pasados 15 días, con lo que no tienen conocimiento de la baja y le asignaron los puntos. Hemos comprobado con posterioridad que el niño de la publicación en el BOP es el mismo de la lista del colegio, así que hemos recurrido en alzada y creemos, aunque con la justicia ya se sabe, que nos darán la razón. Hemos consultado jurisprudencia, etc, y parece que todo está de nuestra parte. No tiene sentido que se le den puntos por padrón a un niño que está de baja. Tenemos claro que en caso de que nos lo desestimen iremos al contencioso

    Gracias a este blog nos hemos animado a defender lo que creemos que es justo. Un saludo y nuevamente, gracias.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. efectivamente, teneis razón, a ese niño deberían quitarle los puntos
      no obstante, hasta septiembre probablemente no resolverán vuestro recurso
      mi consejo es denunciar mas fraudes, seguro que hay alguno mas, por si acaso ese no sale

      Eliminar
  28. Hemos alegado que se comprueben todos los casos de monoparentalidad y que se verifique que sólo figure uno de los progenitores en el libro de familia, y que en caso de que estén los dos se aporte la orden de alejamiento de uno de ellos, su certificado de defunción o que se acredite que el 100% de la patria potestad la ejerce un progenitor nada más. Sin haber podido revisar los expedientes es muy complicado alegar, más bien parece que disparamos en todas direcciones por su suena la flauta. El peque está el primero en la lista de suplentes, así que confiamos poder sacar al que caducó el empadronamiento.

    ResponderEliminar
  29. buenos días, quería exponer mi problema por si me podrían ayudar, tengo dos hijos uno en infantil y otro en segundo de primaria, los dos me entraron en reserva en junio en la plaza para el comedor, a uno de ellos me llamaron este mismo viernes comunicándome que al pequeño me lo habían admitido ya pero que al mayor no, les dije que como podía ser eso cuando en junio el secretario del colegio me enseño las reservas del año anterior y los hermano entraban automáticamente cuando uno de los hermanos era aceptado, pues ahora el colegio no recuerda esa conversación, pues me dicen que la delegación misma no les deja meter al otro hermano. les he pedido que me hagan un escrito con el caso para yo ir a la delegación y exponerlo, no me lo querían dar asta que les he dicho que iba a consultar con un abogado, entonces me dijeron que me lo averiguarían,cosa que dudo la verdad, necesito ayuda para saber que debo hacer en este caso, me llegare a la delegación pero necesito saber que exponer y cuales son mis derechos, he mirado el articulo 19 boja, y dice que el solicitante cuando sea admitido en cualquier de los casos los hermanos serán también admitidos automáticamente, El colegio me dice que ya tienen todas las plazas ocupadas y que no puede hacer nada mas, necesito ayuda por favor.espero respuesta lo antes posible. muchas gracias. un saludo. Angela.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Si, efectivamente, si entra un niño debe entrar el hermano. Lo que ocurre es que tu caso es atípico, has entrado porque no tenias plaza inicialmente y estabas en lista de espera, si hubieras entrado de forma normal, en las listas iniciales, esta claro que deben entrar los dos. ¿Has entrado por una renuncia o por que alguien ha recurrido y han echado a alguien? En este segundo caso, entiendo que deben entrar los dos hermanos, en el primero es discutible.

      La solución es recurrir y si no te hacen caso ir al Juzgado.

      2. En el servicio complementario de comedor escolar cuando existan más solicitudes que plazas autorizadas, la admisión de los usuarios en el mismo, se realizará de acuerdo con el siguiente orden de preferencia en la adjudicación de las plazas:

      a) Alumnado que esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia por inexistencia en la misma de la oferta de la etapa educativa obligatoria correspondiente, que tenga jornada con sesiones de mañana y tarde.

      b) Alumnado que, por motivos familiares, se encuentre en situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión, incluyendo en este supuesto los hijos y las hijas de mujeres atendidas en centros de acogida para mujeres víctimas de la violencia de género.

      c) Alumnado cuyos representantes legales o en el caso de familia monoparental, el representante legal, realicen una actividad laboral remunerada y no puedan atender a sus hijos o hijas en el horario del comedor escolar.

      d) Alumnado en el que uno de sus representantes legales realice una actividad laboral remunerada y no pueda atender a sus hijos o hijas en el horario del comedor escolar.

      e) En caso de no poder conceder plaza a todo el alumnado incluido en los grupos c) o d), la admisión se regirá por los siguientes criterios:

      1.º El alumnado solicitante que haya sido usuario del servicio de comedor escolar en el curso anterior.

      2.º El alumnado de menor edad.

      El orden de admisión se decidirá aplicando con carácter sucesivo los anteriores criterios y si fuese necesario, se realizará un sorteo público ante el Consejo Escolar del centro.

      En cualquier caso, cuando sea admitido un solicitante, serán admitidos también los hermanos o hermanas que hayan solicitado el servicio de comedor escolar.


      Mira si quieres:

      http://projusa-abogado.blogspot.com.es/2012/06/comedores-escolares-la-penultima.html

      Eliminar
    2. Me acabo de enterar hace un par de días que en el colegio que no entro mi hijo, ha quedado plaza libre, colegio público,hay sólo 24 niños, fui al colegio para interesarme por la plaza y me dice la directora q esa plaza sólo la puede ocupar un niño por cambio de domicilio y no mi hijo que quedo en la lista de no admitidos, me parece injusto, mis condiciones horarias del trabajo me han cambiado y en el cole q esta mi hijo no tengo ni matinal ni comedor y mi marido y yo trabajamos fuera de la localidad donde resumimos y no tenemos familiares q se haga cargo del peque para q entre a las nueve, estoy desesperada, lo veo injusto, necesitamos una plaza q esta desocupada y no puedo optar a ella

      Eliminar
    3. En teoría, con la norma en la mano, tienen razón. Esa plaza solo es para alumnos que cambian de domicilio. En la práctica, hay muchos casos en que se dan a niños que no cumplen ese requisito. Mi consejo es que estes atenta a ver si la adjudican a alguien con menos derecho que tú, si sigue libre, en marzo deben ofrecerla para el curso que viene y tu puedes optar a ella.

      Eliminar
  30. Hola.... antes de nada mil gracias por este rincón en el que podemos encontrar ayuda a todas estas dudas que tenemos. Mi caso es el siguiente: soy del País Vasco. El año pasado en junio eché matrícula para mi hija en un colegio concertado y me la cogieron (tuvo problemas en su anterior colegio). Quise cambiar a su hermano pequeño también y no pudo ser... porque en la lista de espera me dijeron que tenían prioridad niños que se habían quedado fuera y habían echado solicitud en el plazo. Hasta ahí lo entiendo.
    Este año he echado matrícula para el pequeño y se ha quedado el primero en la lista de espera. Hay 52 niños en ese curso y se pueden ampliar hasta 54 con lo del ratio, pero el colegio nos ha dicho que esas 2 plazas que sobran serán para 2 repetidores que creen que van a tener.¿Qué puedo hacer? Necesito que los 2 hermanos vayan juntos.... no sé qué tengo que hacer, si pedir reagrupacion familiar,hacer un recurso de alzada o qué. Tampoco sé si lo que tengo que solicitar se hace en el colegio o en Educación. Por favor, si sería tan amable de ayudarme....

    Espero haberme explicado bien.. un saludo

    ResponderEliminar
  31. Por si no ha quedado claro son 2 clases, y cada clase es de 25 alumnos máximo, más 2 extras para casos especiales creo. En total son 4 plazas extras, de las cuales ya tienen 2 ocupadas. Sobran 2 y yo necesito una de esas 2.... ¿¿¿qué puedo hacer????

    ResponderEliminar
  32. Por si no ha quedado claro son 2 clases, y cada clase es de 25 alumnos máximo, más 2 extras para casos especiales creo. En total son 4 plazas extras, de las cuales ya tienen 2 ocupadas. Sobran 2 y yo necesito una de esas 2.... ¿¿¿qué puedo hacer????

    ResponderEliminar
  33. Hola.... antes de nada mil gracias por este rincón en el que podemos encontrar ayuda a todas estas dudas que tenemos. Mi caso es el siguiente: soy del País Vasco. El año pasado en junio eché matrícula para mi hija en un colegio concertado y me la cogieron (tuvo problemas en su anterior colegio). Quise cambiar a su hermano pequeño también y no pudo ser... porque en la lista de espera me dijeron que tenían prioridad niños que se habían quedado fuera y habían echado solicitud en el plazo. Hasta ahí lo entiendo.
    Este año he echado matrícula para el pequeño y se ha quedado el primero en la lista de espera. Hay 52 niños en ese curso y se pueden ampliar hasta 54 con lo del ratio, pero el colegio nos ha dicho que esas 2 plazas que sobran serán para 2 repetidores que creen que van a tener.¿Qué puedo hacer? Necesito que los 2 hermanos vayan juntos.... no sé qué tengo que hacer, si pedir reagrupacion familiar,hacer un recurso de alzada o qué. Tampoco sé si lo que tengo que solicitar se hace en el colegio o en Educación. Por favor, si sería tan amable de ayudarme....

    Espero haberme explicado bien.. un saludo

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Siento no poder ser de mucha ayuda. En materia de Educación el Estado fija unas directrices, pero el desarrollo del procedimiento en detalle es competencia de cada Comunidad Autónoma, yo conozco la normativa en Andalucía, donde llevo varios recursos en casi todas las provincias (Almería, Córdoba, Cádiz, sobre todo) pero desconozco la normativa del País Vasco. Si fuera en Andalucia, puedes pedir plaza en periodo ordinario (y se adjudican las plazas a quien tenga más puntos, por hermanos, domicilio, etc...) y luego se forma una lista de espera por si surgen vacantes durante el curso. Una vez iniciado el curso, si pides plaza es un procedimiento extraordinario, poco transparente, además que tampoco puedes exigir que aumenten el ratio para ti (lo aumentan si quieren). Lo único que puedes exigir es que si te enteras que sin necesidad de aumentar el ratio surge una vacante, te la den, por ser el 1º de lista de espera.

      Eliminar
  34. Hola Buenas Noches, me gustaria poder conocer su opinión sobre una situación del colegio de mis hijas concertadas y que no tenemos muy clara. Somos de Valencia tengo una niña en 1º de la ESO que entró por puntos y una de 7 años que quedo fuera por falta de plazas y se escolarizó en otro centro. EL 15 de marzo nos enteramos de una baja en el curso de nuestra hija pequeña en el colegio donde acude su hermano, llamamos al centro y al estar fuera del plazo ordinario, nos otorgan la plaza: Nos indican los trámites a seguir para su matriculación quehan sido Baja del otro centro, certificado de salud escolar, fotocopia del libro de familia y domicilio laboral del padre que es el que recoge y lleva a las niñas al centro. Nuestra hija empieza el colegio normalmente y al cabo de tres días la directora nos indica que se ha equivocado y que el procedimiento ha sido erroneo y que la niña debe abandonar el centro a lo que nosotros evidentemente nos negamos. La niña sigue acudiendo al centro normalmente y la directora nos dice que debemos acudir al ayuntamiento de la localidad del centro educativo hablar con el técnico y solicitar la plaza formalmente. El técnico nos confirma que efectivamente este es el procedimiento correcto y nos hace rellenar una instancia por registro de entrada con unas alegaciones del porque del tralado del centro que se debatiran en Comisión de Escolarización y ellos decidirán. La directora del centro nos insiste que la inspectora de zona le ha dicho que la menor debe abandonar el centro y volver a donde estaba porque su matriculación no es valida e irregular, responsabilidad que por escrito nos trasmite el centro. Mi pregunta es si la comisión de escolarización no acepta que mi hija siga en el centro, tengo obligación de sacarla o puedo presentar un recurso y hasta que se resuelva la niña seguir escolarizada en el centro donde esta su hermana junto al domicilio de trabajo del padre y dónde es feliz (ya que en el otro centro no llego a tener una adaptación adecuada que puede corroborar el psicologo). Que otra cosa podemos hacer para que la niña que ya esta cursando estudios en el centro, a la que hemos acabado de comprar b¡nueva uniformidad nuevos libros y todo el material qye el centro nos recurrió, tenga que abandonar el centro ya que el errror administrativo a la hora de formalizar la matrícula no ha sido nuestro sino del centro. La directora nos ha suplicado que no pongamos ningun recurso ya que abriran un expediente al centro y puede que le quiten la subvención, pero yo pienso que el problema es de ella que es quien se ha saltado las normas y ha actuado erroneamente. Que podemos hacer ante esta situación para que la niña siga en el centro. Gracias

    ResponderEliminar
  35. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  36. Igual que he explicado en el caso anterior, la normativa es distinta en cada comunidad, Andalucia tiene la suya y Valencia otra similar pero no idéntica, yo conozco la de Andalucía.
    La situación que comentan es irregular, parece que el centro sin permiso de la Delegación de Educación ha escolarizado a la menor, que por lo visto no cumplia los requisitos, insisto, habría que estudiar la normativa en Valencia. En cualquier caso, pida que todo eso se lo digan por escrito (por escrito, que abandone el colegio, por ejemplo), sin nada por escrito es muy difícil recurrir nada. Por supuesto que se puede recurrir, pero hace falta saber los detalles y la normativa allí. Siento no ser de más ayuda.
    En Andalucia, las vacantes que surgen a lo largo del curso son para el que primero las pida, sin tener en cuenta la lista de espera, si nadie ha pedido esa plaza y la plaza existe, entiendo que sería vuestra, pero insisto, sin ver la norma no me atrevo a decir más.

    ResponderEliminar
  37. Muchisimas Gracias, en Valencia tb es asi,las plazas sobrevenidas fuera de plazo son para el primero que las solicita el unico problema es la responsabilidad del centro por no raealizar la gestión, intentaré contacatr con un abogado especialista en contencioso administrativo para que siga el caso. No me han comunicado nada por escrito desde conselleria de educación y de momento la niña sigue en el centro de momento pero se que se seguira insisitiendo
    . Muchisimas gracias de corzaon

    ResponderEliminar
  38. Hola! Gracias por la información ofrecida a las familias que nos enfrentamos a los problemas de escolarización de nuestros hijos. Mi hija quedo fuera en.lista de no admitidos tras el sorteo de desempate y con.medio punto mas se libro de dicho sorteo una niña a la que se sospecha que la declaración de renta que se reviso fue una en la que la.madre estuvo un tiempo sin trabajar y el.padre autonomo declara menos de lo que gana, ya que es una familia bastante pudiente, quisiera saber sivesobes denunciable, ya que la madre esta incorporada al.mercado laboral y no declaran lo que ganan anualmente. Gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Los datos de IRPF se toman los del último IRPF vencido a la fecha de presentar la instancia, es decir, cuentan los ingresos de la familia del año 2014 (que se presenta en 2015). Si en 2014 declararon pocos ingresos, difícil lo veo. Pero por denunciar en recurso de alzada no pierdes nada. Muchos de los 0,5 puntos por renta son porque la madre se empadrona con el niño separada del padre y no suma la renta del padre, eso no vale, deben sumarse los ingresos de todos, incluso si son pareja de hecho, el único caso en que no se deben sumar (en mi opinión) los ingresos del padre es en casos de separación con orden de alejamiento en los que el padre no le pasa dinero a la madre para mantener al niño/a (de lo contrario, se estaría favoreciendo a las parejas de hecho o separadas frente a las casadas, que no es justo). Puede que este sea el caso que dices. Recurre en alzada, que es gratis, no necesitas abogado ni procurador, y pide que revisen la renta de esa familia en 2014 a ver si les corresponden puntos o no.

      Eliminar
  39. Buenas, he solicitado plaza en un colegio concertado de Algeciras y tras el sorteo mi hijo ha quedado el tercero en la lista de los no admitidos. El problema es que yo no sabia que los expedientes podían verse antes, yo pensaba que una vez saliera el sorteo podía verlos. ¿ Que hago ahora? espero a el día 21 de mayo y pongo una reclamación al colegio y a la consejería ( digo reclamación porque recurso de alzada en concertados vi que no se podía poner) porque iré a ciegas y creo que así no voy a conseguir nada. ¿O puedo presentar el escrito de revisión de expedientes? en ese caso ¿que se pide al colegio a la junta o a ambos? ¿te llaman antes de que se acabe el plazo para poner el " recurso se alzada" ?. Gracias por esta gran labor.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. El colegio de Algeciras que me dices creo que se cual es, pero por discreción aquí no debo decir el nombre, todos los años hay problemas allí, es un colegio muy solicitado. Los expedientes los colegios y la delegación entienden que ahora no pueden verse, pero afortunadamente los jueces no piensan lo mismo. Si no te dejan verlos, hay un procedimiento urgente y rápido de protección de los derechos fundamentales que en menos de una semana el Juez requiere al colegio y a delegación a que te entregue los expedientes para verlos. Con esa información ya puedes hacer la reclamación (es lo mismo que el recurso de alzada en colegios públicos, solo cambia el nombre), y si no te responden en mes y medio (el plazo de 3 meses se reduce a la mitad por urgencia todos los años) o te la desestiman (que suele ser ya a primeros de septiembre), puedes ir al Juzgado, que el Juez si que les obliga a darte los expedientes. En la reclamación no hace falta abogado ni procurador, en el Juzgado si. Recurre incluso aunque no veas expedientes, tienes que denunciar irregularidades concretas con nombre y apellidos para que las investiguen. Resumo: pide primero de palabra al colegio que te dejen ver expedientes, te diran que no, ve a delegación y pide lo mismo, si te dicen que no, pídelo por escrito advirtiendo que vas a ir al Juzgado, y a partir de ahí, si no te hacen caso, tienes dos opciones, o ir al Juzgado a que el juez les obligue a enseñarlos, o hacer tu reclamación a ciegas. No te rindas, aunque sea a ciegas, mejor así que no hacer nada y que se salgan con la suya. Los expedientes ahora mismo están todavía en el colegio, luego los mandan a delegación, el escrito para verlos ante la duda presentalo en los dos sitios.

      Eliminar
    2. Vale voy a empezar a moverme, empezare presentando el escrito que colgasteis para solicitar la vista de expediente. Una pregunta si al final me tengo que meter vía judicial que puede costarme todo en general un numero por encima ( Abogado,,procurador,, costes judiciales,,) es por si puedo afrontarlo yo sola si no encuentro ningún padre mas interesado. Gracias.

      Eliminar
    3. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

      Eliminar
    4. La via judicial, si no ganas mucho (creo que hoy el límite esta en 1000 y pico euros al mes, pero mejor pregunta en colegio de abogados de tu ciudad), es gratis, porque puedes pedir abogado y procurador de oficio (otra cosa es que el que te toque sepa del tema y se tome interés).
      Si buscas abogado y procurador de pago, el procurador sus honorarios vienen fijados por arancel, al ser un procedimiento sin cuantía debe cobrar unos 200 ó 300 euros. De todos modos en este procedimiento (ante el Juzgado Contencioso) el procurador no es obligatorio, el abogado si. El abogado sus honorarios son libres (igual que los de los fontaneros o los peluqueros, por ejemplo), puedes pactar lo que quieres (mejor antes de empezar pedir presupuesto por escrito para que no haya sorpresas). Al ser un tema que no es complicado, pero requiere muchas horas de trabajo, yo creo que un abogado por el recurso al Juzgado te puede cobrar unos 1000 €. Si quieres más información, puedes contactar conmigo en br2209@icaalmeria.com (yo he llevado ya varios además de en Almería en otras provincias andaluzas).

      Eliminar
    5. Se me olvidaba comentarte que si ganas el recurso en el Juzgado y condenan en costas a la Consejeria de Educación, el recurso te sale gratis, porque la factura de tu abogado la paga la parte contraria.

      Eliminar
  40. Buenos dias me pongo en contacto con usted, para informarle de que ayer le envie un email a su correo personal solicitandole asesoramiento judicial.
    Le pido la maxima celeridad en la medida de lo posible para ponernos en contacto telefonicamente, para empezar tramites de denuncia judicial, porque creo que voy justa de tiempo, o so pena me facilite un tfno. de un colega en Algeciras
    A la espera de noticias suyas, reciba un cordial saludo y gracias de antemano.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Sonia, yo también voy a por un colegio de Algeciras. Si tu hijo o hija es para plazas de 3 años de un colegio concertado si quieres hablamos por si es el mismo y compartimos gastos. Un saludo.

      Eliminar
  41. Lo único que te queda es recurrir en alzada, para eso no necesitas abogado, en la web he colgado un modelo, tienes que denunciar fraudes con nombre y apellidos para que los investiguen y echen a esos niños/as y entre el tuyo.

    ResponderEliminar
  42. Buenas tardes, agradecer de antemano la labor que hacéis ya que ayuda muchísimo con toda la burocracia que tiene la administración.
    Bueno al grano. En el proceso de admisión para la escolarización de marzo eche la solicitud para el segundo ciclo de infantil, en el colegio de Castell de Ferro (Granada). Le comento que si es necesario empadronarlo porque aunque nosotros estamos trabajando, el domicilio familiar está en otra provincia, y le alego justificante de estar trabajando. Me dicen que como son el único están obligados a admitir todas las solicitudes y que no es necesario. Todo bien, hasta que esta mañana me encuentro q han baremado a día de hoy y me lo han rechazado porque entre otras cosas no está empradronado. Y me comentan que el único recurso que me queda en el recurso de alzada. Mi pregunta es: Si no he tenido posibilidad de reclamar esta baremacion y se han saltado todo el procedimiento que tenemos de reclamar desde abril. ¿Cómo hago este recurso, que alego? Porque resulta que sí que hay un colegio pero está a 8km de domicilio, y además la guardería donde mi hijo está, tiene segundo ciclo pero perdí la plaza porque solicite este centro y como he perdido la posibilidad de pedirlo en el plazo que existía en abril tampoco tengo plaza. Dando las gracias de antemano. Y un saludo.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Presentar recurso de alzada por supuesto que puedes, siempre puedes, no hace falta abogado, puedes usar el modelo que he colgado en la web, el plazo vence el día 20 de junio. Otra cosa es que el recurso sirva para algo.
      En tu caso concreto, no te han dado la plaza por estar empadronado en otra ciudad, eso no es lo importante, lo importante es donde vives realmente, si vives realmente en Castell de Ferro, recurre y pide que te den 14 puntos por domicilio, si no vives allí, pero trabajas allí, pide que te den puntos por trabajar allí, pero son menos. Todo depende de lo que pusiste en la solicitud, si en marzo pediste puntos por domicilio, tienes que demostrar que vives allí de verdad, de tu consulta entiendo que lo que ocurre es que no vives allí sino que trabajas allí, entonces te deben dar puntos por trabajo, pero no son suficientes para que te den la plaza (normalmente incluso con 14 puntos por domicilio hay quien se queda fuera, depende del sitio).

      Eliminar
    2. Muchas gracias por responder de antemano, aunque la situación no ha variado mucho. Presentamos recurso en junio, nos contestan ahora diciendo que nos deniegan la plaza por lo q comentaste, nos han dado 12 puntos por domicilio laboral ya q es lo q solicite, pero alegamos empadronamiento ya q mi marido si lo estaba pero nosotros no. En resumen, la situación está un poco difícil, para mayor perjuicio me han dado el colegio subsidiario pero no el q solicite sino uno q se llama igual pero q está más lejos todavía. No existe autobús para llevarlo, el de Castell si lo tiene, podría alegarlo.? En fin, ¿tengo alguna otra opción?

      Eliminar
    3. El que no exista autobús es irrelevante, no lo prevé la norma como criterio para adjudicar las plazas. Los "méritos" a tener en cuenta son los que expresamente prevé el decreto, cualquier otra circunstancia no prevista (p.e. autobús) no se tiene en cuenta ni se puede tener en cuenta (si te la tuvieran en cuenta otros padres recurrirían y con razón).

      Eliminar
    4. de todos modos, háblalo con ellos, cuando se trata de adjudicar plazas a los que no las han obtenido en primera opción, suelen ser flexibles y razonables (sobre todo porque si no lo son les "llueven" los recursos judiciales de padres descontentos).

      Eliminar
  43. Buenas tardes:
    Tengo dos hijos que van a ir a colegios distintos. Intentamos que el mayor entrara con la pequeña pero no tenian plaza y nos han dicho que debemos enviar un escrito a la Delegación solicitando la reagrupación. Podría proporcionarnos un modelo O algún tipo de orientación sobre como elaborarlo? He visto en comentarios anteriores indicaciones, pero como son de hace ya varios años no se si la normativa a la que alude resulta aplicable.
    Muchas gracias

    ResponderEliminar
  44. Es simplemente una instancia solicitando que aumenten el ratio en el colegio diciendo que el hermano está ya matriculado allí, una instancia "expone" y "solicita". La normativa no ha cambiado desde el año 2011 que es el actual Decreto y Orden que regulan el proceso en Andalucia.

    ResponderEliminar
  45. Buenas noches
    Tengo una hija que termina sexto de primaria.He solicitado plaza en un instituto como prioritario.Como segunda opción solicite otro instituto de la localidad.Su colegio actual es adcrito a estos dos institutos. Puse una tercera y cuarta opción en colegios concertados. Bueno, el caso es que se ha quedado fuera del solicitado como prioritario y también fuera de la primera opcion. La han reubicado en la segunda opción.
    La cuestión es que una vez reubicada han admitido en el segundo elegido en el que ha ella no ha sido admitida a varios niños de su clase los cuales no habian hechado la solicitud de matrícula en el plazo señalado sino fuera de plazo.
    Estos niños coincidían en pedir los dos primeros institutos igual que mi hija sólo q ellos no pedían ninguno más y yo si.
    Puede quedarse mi hija fuera de los dos primeros solicitados y entrar estos niños??

    ResponderEliminar
  46. Buenas noches
    Tengo una hija que termina sexto de primaria.He solicitado plaza en un instituto como prioritario.Como segunda opción solicite otro instituto de la localidad.Su colegio actual es adcrito a estos dos institutos. Puse una tercera y cuarta opción en colegios concertados. Bueno, el caso es que se ha quedado fuera del solicitado como prioritario y también fuera de la primera opcion. La han reubicado en la segunda opción.
    La cuestión es que una vez reubicada han admitido en el segundo elegido en el que ha ella no ha sido admitida a varios niños de su clase los cuales no habian hechado la solicitud de matrícula en el plazo señalado sino fuera de plazo.
    Estos niños coincidían en pedir los dos primeros institutos igual que mi hija sólo q ellos no pedían ninguno más y yo si.
    Puede quedarse mi hija fuera de los dos primeros solicitados y entrar estos niños??

    ResponderEliminar
  47. Me han dicho q interponga un recurso de alzada a lo anteriormente exouesto
    Que hago?? Y como??
    Gracias de antemano por la ayuda

    ResponderEliminar
  48. Me han dicho q interponga un recurso de alzada a lo anteriormente exouesto
    Que hago?? Y como??
    Gracias de antemano por la ayuda

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. el modelo de recurso de alzada lo tienes en el blog
      ahí tienes que denunciar todas las irregularidades
      el plazo vence el 20

      Eliminar
  49. Hola, me gustaría poder contactar con usted.Estoy bastante pérdida con este tema y me gustaría poder contratar sus servicios.me podría facilitar algún tlf para poder contactar con usted. Me urge se me acaba el tiempo por favor.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Enviame un email a br2209@icaalmeria.com y me explicas tu caso brevemente

      Eliminar
  50. Buenas tardes:
    Mi hija se encuentra en cuarto lugar en la lista de espera. Hemos contratado a un investigador que ha confirmado casos fraudulentos en 4 familas, solo que una de ellas también se ha quedado fuera. Si tenemos en cuenta que de no haberse contabilizado a estas cinco familias en el sorteo, mi hija hubiera entrado ¿tengo alguna posibilidad de argumentar este hecho en el recurso de alzada y solicitar el que admitan a mi hija, siempre y cuando admitan a trámite las pruebas aportadas y entren los tres primeros de la lista? Gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Por supuesto que si. Debes interponer recurso de alzada (el lunes 20 vence el plazo, ojo). Si es colegio concertado es una reclamación (es lo mismo, solo cambia el nombre). En el recurso tienes que aportar el informe del detective y denunciar con nombre y apellidos a los 4 fraudes. Debes pedir que los investiguen, les quiten los puntos, y recalculen el sorteo, para que así entres. Si no te hacen caso, tendrás que ir al Juzgado. Si es como dices, debe ganarse seguro (al menos en el Juzgado).

      Eliminar
  51. Buenas tardes, he recibido un recurso de alzada porque dicen dos padres (que nI los conozco ni me gustaría encontrarme con ellos) que el domicilio es de los abuelos. Para que sus hijos tengan plaza. Por desgracia vivimos ahí por las circunstancias de este país y tanto mi hija como yo estamos empadronados en la casa con ellos. Mi marido es el único que no está empadronado ya que no creemos necesario esto hasta que tengamos una vivienda final. Podría usted Ayudarme a contestar ese escrito y que papeles incluir como prueba de que vivimos ahí. Después de leer los comentarios de la gente tendrían que ver si todos los casos que dice la gente como fraudulentos son tal cual. Muchas gracias por todo

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Es cierto que el 90% de los empadronados con los abuelos suelen ser fraudes, hay un 10% que es su caso que puede ser verdad, por circunstancias familiares, económicas, etc... Hay que entender que es lógico que otros padres sospechen. Para demostrar que realmente viven con los abuelos, aparte del padrón, simplemente, es vivir allí de verdad, si es asi, no hay nada de que preocuparse. En unos meses irá la Policía Local o Autonómica a la casa (o un detective si lo contratan los que han puesto el recurso), y visitan la casa, si estais allí de verdad no hay nada que temer (los policías depende quien os toque, si lo hacen bien, piden entrar a la casa, comprueban que los niños tienen su cama y su habitación, que hay juguetes y material escolar en la casa, etc... preguntan a los vecinos, no es fácil engañarles), harán un informe favorable diciendo que si vivis allí con los abuelos y el recurso que han puesto los otros padres se desestimaría. Imagino que si os han denunciado será porque han visto que la casa es de los abuelos y que además tenéis en propiedad otra vivienda.

      Eliminar
  52. Buenas tardes. Me gustaría hacerles una pregunta sobre el servicio de comedor del colegio de mis hijos, este año, al igual que el pasado se han quedado sin plazas. Yo estoy divorciada con sentencia dictada en junio del año pasado y tengo la guarda y custodia de mis hijos y estoy trabajando. No tengo claro si mi caso se considera familia monoparental, por lo que me han dicho no, ya que tendría q tener yo sola la la patria potestad. Este año me han pedido dos certificados laborales y no he tenido que presentar la sentencia de divorcio. Mi exmarido no está trabajando y tuvo que hacer una declaración jurada de que no trabajaba y me he quedado fuera del comedor, hay 340 plazas y se han quedado fuera cuatro familias con dos certificados laborales, el caso es que yo tengo acordado un régimen de visitas q me obligan a cambiar para que el padre pueda hacerse cargo de recoger a los niños a diario o cambiar lo de la patria potestad. Voy a hacer un recurso de alzada y no sé si puedo argumentar que la Junta de Andalucía, al no darme plaza en el comedor, me obliga a cambiar el convenio regulador para que los atienda el padre en ese horario ya que yo estoy trabajando o me CEDA la patria potestad para que se me considere familia monoparental y estar en igualdad de condiciones que las familias con los dos padres trabajando.
    Gracias por el servicio que prestan!

    ResponderEliminar
  53. Buenas tardes. Me gustaría hacerles una pregunta sobre el servicio de comedor del colegio de mis hijos, este año, al igual que el pasado se han quedado sin plazas. Yo estoy divorciada con sentencia dictada en junio del año pasado y tengo la guarda y custodia de mis hijos y estoy trabajando. No tengo claro si mi caso se considera familia monoparental, por lo que me han dicho no, ya que tendría q tener yo sola la la patria potestad. Este año me han pedido dos certificados laborales y no he tenido que presentar la sentencia de divorcio. Mi exmarido no está trabajando y tuvo que hacer una declaración jurada de que no trabajaba y me he quedado fuera del comedor, hay 340 plazas y se han quedado fuera cuatro familias con dos certificados laborales, el caso es que yo tengo acordado un régimen de visitas q me obligan a cambiar para que el padre pueda hacerse cargo de recoger a los niños a diario o cambiar lo de la patria potestad. Voy a hacer un recurso de alzada y no sé si puedo argumentar que la Junta de Andalucía, al no darme plaza en el comedor, me obliga a cambiar el convenio regulador para que los atienda el padre en ese horario ya que yo estoy trabajando o me CEDA la patria potestad para que se me considere familia monoparental y estar en igualdad de condiciones que las familias con los dos padres trabajando.
    Gracias por el servicio que prestan!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Monoparental se entiende efectivamente cuando una sola tiene la patria potestad. La norma dice claramente las circunstancias por las cuales hay preferencia para el comedor, si me dices que incluso trabajando padre y madre se han quedado fuera (me extraña, no suele ocurrir), entonces lo tienes difícil, puedes recurrir en alzada, pero a menos que descubras fraudes no puedes entrar, y siempre estaras por detrás de otros que trabajan padre y madre.

      Eliminar
  54. Muchas gracias por su respuesta.
    Lo que no entienedo es por qué se cuenta que el padre no esté trabajando cuando la guarda y custodia de los niños la tengo yo y él solo tiene un régimen de visitas que ni cumple, además de no tener ingresos y vivir a 15 km del colegio. Si al menos se me considerara monoparental estaría entre los 4 primeros suplentes(familias en que los están trabajando y que se han quedado sin plaza) y si hubiera alguna renuncia podría entrar. Al contarme un solo certificado estoy en el puesto 60 de los suplentes.
    ¿Habría alguna forma de alegar mi situación personal y que se me tuviera en cuenta?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Es lo que dice la norma, mientras que no la cambien así es.

      Eliminar
  55. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Si había plaza, no entiendo porque no te aceptan la matrícula aunque no incluyeras ese colegio en tu solicitud. Probablemente es que hay algún otro interesado en esa misma plaza escolar. Si has hecho la matrícula, es porque a el colegio en el programa Séneca le aparecia la vacante. En principio, mientras que no te notifiquen nada por escrito, sigue mandando a tu hija al colegio, cuando te llegue por escrito que debes abandonar el colegio, tendrás que recurrir esa resolución, si hace falta llegar al Juzgado y pedir medida cautelar. Resumiendo, mientras que no te digan por escrito (no por teléfono) que te vayas, no te vayas, y guarda como oro en paño la matrícula sellada por el colegio. Si te lo dicen por escrito, ya es otra cosa, habría que estudiar las razones en las cuales se basan para negarte la plaza.

      Eliminar
    2. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

      Eliminar
  56. Buenos días ayer en Delegación, me dijeron q lo q yo llevaba no era una matrícula, si no una solicitud de cambio de centro, y q como era fuera de plazo y no era por cambio de domicilio ni trabajo desde fuera de la localidad, q esas solicitudes el 99% son denegadas, y q la niña tiene q volver a sus centro anterior, y el colegio dice q no puede hacer nada, q eso es Delegación, y me ha pedido disculpas por haberse adelantado y q la niña asistiera a las clases, yo ya no se q debo de hacer y si esq debo de hacerlo. Por que en el centro existen dos plazas q parece q prefieren dejarlas vacías, y como es infantil de 5 años y no es obligatorio, les da igual q me niegue a q mi hija vuelva al otro centro, saludos

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Teóricamente las plazas vacantes a mediados del curso son para niños que cambian de colegio por cambio de domicilio, en la práctica, se las dan a quien quieren, al haber una norma poco clara.

      Eliminar
  57. Hola presente un recurso de alzada por una mala información por parte del colegio y hoy me ha llegado la carta donde me dice:"Desestimar el presente recurso de alzada contra la decisión de no admisión de la alumna... tomada por .... en la relación de admitidos y no admitidos para el curso 2016/1017 yo ya estoy matriculada y pedí que por eso mala información si pudiesen me dieran la plaza que perdi en las lista esperas,lo que me han mandado quiere decir que han rechazado lo que he pedido no?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Efectivamente, desestimado es que han rechazado tu recurso y sigues estando sin plaza. Pero si crees que tienes razón puedes ir al Juzgado.

      Eliminar
  58. Entonces quiere decir que como pedir entrar en la lista de espera me lo han denegado

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Sin ver tu recurso no puedo decir más. Por lo que explicas, parece que te dieron inicialmente la plaza y luego te la quitaron, no se lo que pedias en tu recurso, pero si lo desestiman, quieren decir que te han dicho que no a lo que pedias (fuera lo que fuera).

      Eliminar
  59. Buenas noches. En primer lugar, muchas gracias por tus consejos. Quisiera saber a partir de qué momento se puede hacer la reclamación en el caso de un colegio concertado. ¿Hay que esperar a que se haga el sorteo? (en mi caso el sorteo no afecta porque se quedan fuera todos con 8 puntos) ¿o se puede hacer en cuanto salgan las primeras listas baremadas (día 19 de abril)? Por otra parte ¿se pide ya ver los expedientes? ¿los ves completos o sólo las solicitudes (y no el resto de documentos aportados?)?

    ResponderEliminar
  60. Hay 2 fases, ahora salen las listas provisionales, es el único momento de ver los expedientes (luego no dejan, aunque deberían hacerlo), frente a las listas provisionales caben ALEGACIONES. Luego en junio salen las listas definitivas, frente a ellas cabe RECURSO o RECLAMACIÓN (es lo mismo, varia el nombre según sea colegio publico o concertado). En verano si no han resuelto el recurso se entiende desestimado por silencio administrativo la reclamación y a partir de final de julio puedes ir al Juzgado y poner RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (ya con abogado, procurador no es necesario). Los expedientes se pueden ver completos, y hacer anotaciones, apuntar datos, etc... (aunque en los colegios te van a poner muchas pegas, si no te dejan ver expedientes, aconsejo poner una denuncia en la Policía Nacional o en el Juzgado de Guardia por presuntas coacciones, también se puede recurrir al Juzgado Contencioso si no te dejan ver expediente, pero eso ya requiere abogado). ES ESENCIAL VER LOS EXPEDIENTES AHORA, porque luego al hacer el recurso de alzada no dejan, y si no los ves ahora, el recurso será a ciegas.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Es una maravilla contar con vosotros, sois de mucha ayuda para los padres.
      En Valencia estamos ahora en periodo de revisión de las listas provisionales, que salieron el día 08/06 y se pueden alegar sólo hasta este lunes 12/06. Nuestra hija se ha quedado fuera del colegio concertado solicitado, el único de la población. Se ha quedado la segunda en la lista de no admitidos en el centro.
      Ayer fuimos a hablar con la directora del centro, y le dijimos que nos gustaría poder ver los expedientes de una serie de padres, porque creíamos habían hecho trampas con los puntos de residencia/trabajo en la localidad. Conocemos un caso así, y estamos seguros de que habrán más. La directora del centro no nos dió opción a acceder a ninguna información sobre otros padres, aludiendo a la Ley de Protección de Datos.
      Desde luego fue todo de palabra. ¿Qué tenemos que hacer? ¿Insistimos llevándole por escrito que queremos acceder a los expedientes para poder revisarlos? Estamos ante el último día de plazo de alegaciones, y no sé si presentando alegación por escrito, si nos deben dejar ver los expedientes ese mismo día, o nos deberían dejar verlos verlos en días posteriores (considerando que posteriores días ya estará vencido el periodo de reclamación a las listas provisionales).
      Mil gracias por vuestra ayuda

      Eliminar
  61. Muchas gracias por tu respuesta. Eres muy amable. Por lo que he leído, el recurso o reclamación se puede poner tanto en el colegio como en Delegación. ¿La Delegación avisa al colegio de que lo han puesto? ¿o algunas veces sí y otras no? ¿En las Alegaciones se puede ya denunciar o eso sólo se puede hacer en el recurso/reclamación? ¿se puede ir contra la lista completa sin necesidad de justificación o aportar algún indicio? Gracias de nuevo

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Tanto el recurso/reclamación como las alegaciones mejor presentarlas en ambos sitios (en colegio y delegación también). En las alegaciones no solo se puede, sino que SE DEBE DENUNCIAR casos de fraude con nombre y apellidos y todos los datos y pruebas de que se disponga. Es más, si en las alegaciones no se denuncian casos concretos con nombre y apellidos, luego puede desestimarse el recurso por ese motivo. Puedes ir contra 1 ó contra 50, da igual, lo importante es que aportes pruebas o indicios, y digas fraudes concretos. O sea, no vale decir "quiero que revisen las puntuaciones de todos" o "quieron que revisen los puntos del niño XX", hay que decir, "quiero que revisen los puntos por domicilio del niño XX porque le dan puntos por domicilio y dice que vive en la Calle XX y en realidad vive en la calle XXX, lejos del colegio", o "quiere que revisen los puntos del niño XXX porque le dan puntos por minusvalía del padre y me consta que el padre no tiene ninguna minusvalía". Si además, puedes aportar alguna prueba de los fraudes, mejor, pero lo que si es importante es decir casos concretos con nombre y apellidos y decir en que han mentido o en que están puntuados mal.

      Eliminar
  62. Tanto el recurso/reclamación como las alegaciones mejor presentarlas en ambos sitios (en colegio y delegación también). En las alegaciones no solo se puede, sino que SE DEBE DENUNCIAR casos de fraude con nombre y apellidos y todos los datos y pruebas de que se disponga. Es más, si en las alegaciones no se denuncian casos concretos con nombre y apellidos, luego puede desestimarse el recurso por ese motivo. Puedes ir contra 1 ó contra 50, da igual, lo importante es que aportes pruebas o indicios, y digas fraudes concretos. O sea, no vale decir "quiero que revisen las puntuaciones de todos" o "quieron que revisen los puntos del niño XX", hay que decir, "quiero que revisen los puntos por domicilio del niño XX porque le dan puntos por domicilio y dice que vive en la Calle XX y en realidad vive en la calle XXX, lejos del colegio", o "quiere que revisen los puntos del niño XXX porque le dan puntos por minusvalía del padre y me consta que el padre no tiene ninguna minusvalía". Si además, puedes aportar alguna prueba de los fraudes, mejor, pero lo que si es importante es decir casos concretos con nombre y apellidos y decir en que han mentido o en que están puntuados mal.

    ResponderEliminar
  63. Buenos días, en primer lugar muchas gracias por la claridad con la que ayudáis a familias que tenemos estos problemas con el acceso de nuestros hijos a los centros que deseamos.

    Tengo una duda sobre como "conseguir" los indicios sobre los fraudes. Entiendo que estos días son los que se pueden consultar las solicitudes de todos los alumnos ¿Se pueden pedir todas las solicitudes o solo un determinado número?.
    Por otro lado, ¿se puede solicitar información del tipo listado de alumnos actuales del colegio (para confirmar que tienen hermanos en el mismo), listado de personal del centro (para confirmar que el padre/madre trabaja en el centro), declaración de la renta (para justificar renta baja), o justificante de discapacidad? En caso afirmativo ¿dónde debería solicitarlos?

    Alguna duda más, ¿Qué se admite como padre que trabaje en el centro?¿profesores y personal administrativo o también limpiadores, conductores de autobús o catequistas? ¿y en el caso de discapacidad? he visto que una simple alergia la están argumentando como discapacidad

    Muchas gracias nuevamente. Se agradece la ayuda en momentos como estos.

    Un saludo

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Se pueden y se deben pedir todas las solicitudes, para ver si trabajan en colegio debe haber un certificado en el expediente, y también certificado de que tienen hermanos en el colegio, la renta no se aporta, la discapacidad si, todo eso hay que pedirlo en el colegio, hay que pedir ver los expedientes y dedicarle 2 ó 3 horas y tomar notas tranquilamente y luego comprobar datos en registro de la propiedad

      trabajar en el colegio basta 10 horas a la semana, da igual el contrato que sea

      discapacidad tiene que estar reconocida, aportando certificado, todo eso viene regulado en detalle en el decreto y la orden que regula el procedimiento

      Eliminar
  64. Buenas tardes.
    Agradecerle la labor que hace, en primer lugar.
    Mi duda es qué criterio debe ser prioritario para seleccionar a los alumnos en una tercera linea o unidad de un colegio aprobada a posteriori, es decir, tras periodo de entrega de solicitudes y tras baremación.
    Me explico; en mi zona hay 3 colegios, en los cuales muchos niños tienen 14 puntos. La mitad de niños de cada colegio han quedado fuera. Ahora, en uno de ellos, es muy probable que pongan otra unidad - la próxima semana lo decide la delegación territorial de Cadiz - y se supone que accederán quienes pusieron prioritario ese centro y tengan 14 puntos. Considero que para esa nueva unidad, creada a posteriori, no puede ser ese el criterio ya que incumple el principio de igualdad porque desde un principio se ignoraba que ese colegio podría disfrutar de una tercera linea. De haberse sabido, los padres de la zona hubiésemos seleccionado ese colegio como prioritario porque había mas probabilidades de obtener plaza. En las 2 unidades que tiene actualmente ese colegio sí es el criterio que debe de regir, como en el resto de colegios. Pero a esa nueva linea deberian optar, por sorteo, en igualdad de condiciones, todos los niños de la zona que tengan 14 puntos y no hayan podido entrar en su opción prioritaria.
    ¿Cual es su opinión? ¿Con qué alegaciones podría defender mi punto de vista? ¿Cabe recurso de alzada donde fundamentar mi argumento? Le ruego tenga la amabilidad de informarme.
    Gracias. Un saludo desde Algeciras.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Lo siento, pero el tema esta claro, en este caso tienen razón en la Delegación, si hay una tercera línea en un colegio, es para los que pidieron ese colegio en primera opción, y si sobraran plazas, para los demás. Puede parecer injusto, pero asi es.

      Eliminar
    2. Gracias por contestar. Pero hay una clara vulneración del principio de igualdad y debe ser recurrible

      Eliminar
  65. Buenas tardes, me gustaría consultar lo siguiente. Actualmente vivimos en el extranjero pero a mi marido lo acaban de trasladar a Sevilla. He visto que el plazo de inscripción terminó a finales de marzo y me pregunto cómo funciona el procedimiento extraordinario de colegiación. Tienen los centros la obligación de reservar plaza para este tipo de situaciones? o una vez que pasa el procedimiento ordinario solo podremos optar a los centros donde han quedado plazas vacantes? Gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Una vez terminado el procedimiento ordinario, solo se pueden pedir, en principio, las plazas de centros con vacantes. No obstante, en ocasiones, la Delegación de Educación amplia el ratio para estos casos, pero solo están obligados a hacerlo si en vuestra zona no hubiese vacantes en ningún colegio, en caso contrario, si no quieren no amplian ratio.

      Eliminar
  66. Hola mi caso es q llegue ace un mes de Usa mi hijo es nacido en palma de mallorca Estado llendo hace un mes para q meleden una plaza serca de mi casa y no le dan una plaza pero luego me dice el director de un colegio ace una camana escolarización nos mando una niña q viene de Inglaterra pero mi hijo Lleva un mes en casa esperando q le den una buena plaza y no quieren solo me ofrecen dos q están lejísimo de mi casa no puedo ir a trabajar porque escolarización tiene preferencia a otros niños no los q van primero gracias

    ResponderEliminar
  67. Hola mi caso es q llegue ace un mes de Usa mi hijo es nacido en palma de mallorca Estado llendo hace un mes para q meleden una plaza serca de mi casa y no le dan una plaza pero luego me dice el director de un colegio ace una camana escolarización nos mando una niña q viene de Inglaterra pero mi hijo Lleva un mes en casa esperando q le den una buena plaza y no quieren solo me ofrecen dos q están lejísimo de mi casa no puedo ir a trabajar porque escolarización tiene preferencia a otros niños no los q van primero gracias

    ResponderEliminar
  68. Hola buenas tardes.

    Este año hemos solicitado la ecolarizacion de nuestro hijo,y el cole solicitado ha recibido muchas mas solicitudes que plazas. Me han informado en el centro que varios padres han solicitado la documentacion de todos los niños que no tengan hermanos o padres en el centro. Nosotros somos unos de eso.

    Por motivos de trabajo, estaremos un par de meses fuera del domicilio y supongo que nos requeriran documentacion, podeis aclararno por que via recibiremos dicha solicitud de documentacion a fin de aclarar nuestro domicilio.

    Gracias.

    ResponderEliminar
  69. Hola buenas tardes

    tanto mi mujer como yo trabajamos en Sevilla ( ella en Los Remedios y yo en el Centro) y vivimos en un pueblo dormitorio ( Gerena); como ninguno somos de aqui hemos eintenetado que nuestrso dos hijos ( 3 años y 6 años ) se matriculen en colegio concertado que tengo a unos 200 metros ya que si se escolarizan en Gerena no podemos contar con nadie para que se hagan cargo de ellos mientras salimos del trabajo; presenté las solicitudes para ambos y en las lsitas de admitidos ambos han sido excluidos e, en el caso de la pequeña ( 3 años) sabía que era más dificil por los puntos del trabajo pero para 1 de Ed. primaria ofertabn 22 plazas y finalmente fueron 27 solicitudes; casualmente 22 solicitudes tenían los puntos suficientes para entrar mientras que 5 niños se han quedado fuera ( entre ellos el mío); he presentado en Delegación escrito para revisar los diferentes expedientes por si puedo constatar que haya algún fraude en alguna de las solicitudes; si efectivamente compruebo que existe fraude en alguna ,¿ voy directamente al juzgado o presento primero recurso de alzada?. Hoy mismo además he visto las listas de excluidos y mi hijo de las 5 solicitudes aparece en 4 lugar cuando tiene los mismos puntos que el 2 y 3 ( entiendo que será por el sorteo); en caso de presentar el recurso ¿ debo tambien indicar que se recalcule el sorteo ? Gracias y un saludo

    ResponderEliminar
  70. Si detectas irregularidades en algunos solicitantes, debes hacer RECURSO DE ALZADA (no hace falta abogado, pero es conveniente) diciendo los fraudes con nombre y apellidos, el RECURSO AL JUZGADO es después (necesitas abogado, procurador no es obligatorio), cuando desestimen el recurso de alzada (más o menos a mediados de septiembre, pero también puedes ir al Juzgado antes al entenderse desestimado por silencio administrativo sin esperar a que resuelvan). Si haces recurso y "echas" algún niño, entonces obviamente el sorteo se recalcula, al variar el numero de empatados. Si quieres puedes contactar conmigo en br2209@icaalmeria.com

    ResponderEliminar
  71. Es una maravilla contar con vosotros, sois de mucha ayuda para los padres.
    En Valencia estamos ahora en periodo de revisión de las listas provisionales, que salieron el día 08/06 y se pueden alegar sólo hasta este lunes 12/06. Nuestra hija se ha quedado fuera del colegio concertado solicitado, el único de la población. Se ha quedado la segunda en la lista de no admitidos en el centro.
    Ayer fuimos a hablar con la directora del centro, y le dijimos que nos gustaría poder ver los expedientes de una serie de padres, porque creíamos habían hecho trampas con los puntos de residencia/trabajo en la localidad. Conocemos un caso así, y estamos seguros de que habrán más. La directora del centro no nos dió opción a acceder a ninguna información sobre otros padres, aludiendo a la Ley de Protección de Datos.
    Desde luego fue todo de palabra. ¿Qué tenemos que hacer? ¿Insistimos llevándole por escrito que queremos acceder a los expedientes para poder revisarlos? Estamos ante el último día de plazo de alegaciones, y no sé si presentando alegación por escrito, si nos deben dejar ver los expedientes ese mismo día, o nos deberían dejar verlos verlos en días posteriores (considerando que posteriores días ya estará vencido el periodo de reclamación a las listas provisionales).
    Mil gracias por vuestra ayuda

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Desconozco la normativa en Valencia. En Andalucia la norma (Decreto 40/2011) reconoce expresamente el derecho a ver los expedientes. Pero aunque no lo dijera la norma, la ley de procedimiento administrativo reconoce el derecho en general de a ver un expediente del que son interesados en el mismo. La Ley de Protección de Datos, entre muchas excepciones al deber de secreto de los datos, está como excepción cuando una norma con rango de ley (en este caso la ley de procedimiento administrativo) reconozca el derecho de acceso.
      En resumen:
      1º) haced escrito exigiendo ver el expediente y diciendo claramente que no os han dejado verlo. Si no os dejan verlo, podeis ir al Juzgado denunciando la via de hecho antijurídica (un abogado os explicara lo que es), lo que pasa es que para entonces será demasiado tarde, se os habrá pasado el plazo para reclamar.
      2º) Hacer reclamación diciendo que revisen todas las solicitudes, si es posible denunciando fraudes concretos con nombre y apellidos, y diciendo que no podeis dar mas datos porque os han denegado el acceso al expediente
      3º) Id a un abogado (si vuestros ingresos no son altos podeis pedir uno de oficio en el colegio de abogados de vuestra ciudad) para que cuando (con toda probabilidad) en septiembre desestimen la reclamación, presente recurso en el juzgado. En 1 año mas o menos tendréis sentencia, y en el juzgado necesariamente tendrán que enviar el expediente completo, con lo que el juez con total seguridad "echará" a la calle a los niños que han cometido fraude.

      Eliminar
  72. Hola
    Le comento el problema que tenemos con la admisión de nuestro hijo en Castilla la Mancha, para ver si me puede orientar. Es un poco largo, pero quiero ponerle en antecedentes.
    En Valdepeñas (C.Real) hay 3 I.E.S., situados en la misma zona; presentamos una solicitud para admisión en 1º ESO en la que EXPRESAMENTE nos pedían colocar por orden de prioridad los centros en los que se solicitaba plaza. Incluimos los 3 centros, ordenados de acuerdo a nuestra preferencia. Nos asignaron 10 puntos en el baremo según los criterios valorables (hermanos en el centro, cercanía, familia numerosa y renta, en nuestro caso sólo era puntuable la distancia al centro)
    Cuando publicaron las listas provisionales de admitidos, vimos que nos habían concedido la 3ª opción. Hablamos con el centro que habíamos solicitado primero, y nos informó que estaban desconcertados, puesto que tenían plazas suficientes para todos los solicitantes de 1ª opción, pero el problema surge porque otro de los centros había tenido un exceso de solicitudes, y por tanto, los alumnos que no pudieron entrar en ese habían entrado en el centro al que nosotros queríamos acceder, y por lo tanto habían forzado un desempate por el que mi hijo y otros 10 alumnos habían tenido que salir del centro. Presentamos entonces una reclamación en el plazo indicado, ya que ENTENDEMOS QUE NO SE PUEDE PRODUCIR UN DESEMPATE ENTRE ALUMNOS QUE NO ESTÁN EN IGUALDAD DE CONDICIONES, ya que no se había tenido en cuenta el orden de prioridad exigido en la solicitud.
    En el centro que nosotros solicitamos entraron alumnos que lo habían pedido en 2ª opción, y nosotros, que lo habíamos solicitado el 1º, quedamos fuera.
    Cuando se publicaron las listas definitivas vimos que habían ignorado nuestra reclamación, y todas las demás: era una lista idéntica a la provisional. Volvimos a hablar con nuestro centro elegido en 1ª opción (y que nos denegaron), y nos facilitó el contacto del inspector del centro. No pudimos contactar con él, le remitimos un mail al que, a fecha de hoy, aún no ha contestado.
    Hablamos con la comisión de escolarización, y nos dicen que, según el decreto de admisión de este año en CLM, la prioridad no se ha tenido en cuenta, sólo se ha aplicado el baremo, por eso nuestro hijo entró en desempate.
    Y aquí empieza lo gracioso, ante nuestras quejas, conseguimos contactar con la presidenta de la Comisión Local Garantías del Proceso de Admisión, que nos empieza a decir lo mismo. Hasta que le menciono un caso que he detectado en el listado definitivo: una niña que tenía 20 puntos de baremo en uno de los centros (solicitado por ella en 3ª opción), pero es admitida con 10 p. en el centro que pidió como 1ª opción, que es el mismo que yo quería porque, según me dice la Sra. Presidenta, “Lo ha pedido primero”, palabras de las que se arrepiente inmediatamente, a juzgar por el tono de su voz.
    Entonces, a esta niña se le ha tenido en cuenta la prioridad y a mi hijo no??
    Entiendo que se han vulnerado los derechos de mi hijo en el proceso de admisión, ya que no se le ha tenido en cuenta la prioridad de su elección (y a otros niños sí), forzando su salida del centro elegido por entrar en un desempate que no le correspondía.
    Sospecho que ha habido manipulación por parte de la comisión de garantías, ya que todos los niños perjudicados son de un colegio concreto (cuando hay 9 en la localidad). Y se les ha desplazado para dar cabida a los niños que no entraron en el otro centro más demandado, y que no querían ir al último centro de la localidad, con peor fama, y que es el que le han asignado a mi hijo.
    Lo que quiero es saber si puedo indicar en el recurso de alzada que voy a redactar el nombre y apellidos de esta niña que he detectado, y una orientación acerca de la legislación aplicable.
    La comisión dice que todo está conforme a normativa, pero habrá que hacer algo si esa normativa vulnera el derecho de que TODOS los niños accedan en igualdad de oportunidades a la escuela pública, y no se consideren alumnos de distintas categorías, respetando la libre elección de centro.
    Muchas gracias.

    ResponderEliminar
  73. Desconozco la normativa en Castilla La Mancha, todos los asuntos de este tipo los he llevado en Andalucia solamente. No obstante, por lo que cuentas, parece que hay irregularidades que pueden fundamentar el recurso. En el recurso de alzada por supuesto puedes dar el nombre y apellidos de esa niña, la normativa aplicable allí la desconozco, pero debes mirar la web de la consejería de educación y habrá un apartado que diga "normativa" donde vengan los decretos o normas que regulan la admisión

    ResponderEliminar
  74. Hola, soy de Sevilla y os comento mi caso que no sé que debo hacer o donde acudir...
    En Marzo de este año solicité plaza para mi hija menor de 3años en un colegio público de Sevilla como prioritario y fue admitida, también presenté solicitud para mi hija mayor de 5años que ya se encontraba escolarizada en otro centro para la cual no había plazas ofertadas en este centro y en la misma línea se le asignaron 16 puntos una vez que la hermana menor fue admitida por el centro por lo que mi hija mayor de 5años queda la primera en la lista en el procedimiento ordinario.
    En el plazo de recurso de alzada presenté escrito pidiendo ampliación de la ratio por reunificación de hermanos, a lo cual la Administración aún no me ha contestado...a esto le sumamos que la semana pasada fui informada que ha quedado una plaza vacante en el colegio para el curso 2017-2018 y etapa 5años, con lo que me dirijo al colegio y colegio me deriva a Delegación para solicitar la plaza vacante para mi hija mayor.
    Mi sorpresa es que al llegar a Delegación me dicen que la plaza se la reservan ellos para un posible traslado de movilidad forzosa, con lo cual me quedo destrozada en este sentido...No sé qué debo hacer, donde recurrir, con quién hablar...habrá un plaza libre para el nuevo curso y yo tendré a mis hijas separadas en centros diferentes, no es lógico, además no es práctica habitual por lo que veo en familias de mi círculo.
    Soy yo la que tengo que moverme ante Delegación para hacer todo lo posible para que le den la plaza a mi hija de 5años?? o es el colegio el que debe hacerlo?, conozco casos parecidos en la zona y es el colegio el que interviene con Delegación.
    Así mismo, las clases de 5años para el nuevo curso no van excedidas en ratios, son tres líneas de 25 niños y ahora una plaza vacante que se ha quedado libre.
    Agradezco sus comentarios ya que estoy un poco desesperada y perdida en todo este tema. Muchísimas gracias!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. El aumento de ratio, ya sea para agrupar hermanos o por cualquier otro motivo, es discrecional, lo conceden cuando quieren (aunque suelen hacerlo por ejemplo para agrupar hermanos). Si quedan plazas vacantes después de la matricula, ya no se ofrecen a los que están en "lista de espera", sino que se dejan para el procedimiento extraordinario (OJO, LA NORMA HA CAMBIADO ESTE AÑO 2017): Teóricamente, para conseguir una de esas plazas hay que estar en casos de escolarización tardia, cambios domicilio, mujeres maltratadas, etc... No obstante, la norma no impide que se den para agrupar hermanos.

      Eliminar
    2. DECRETO VIGENTE EN 2017:
      Artículo 54 Plazas vacantes tras la certificación de matrícula
      1. Las plazas vacantes que pudieran producirse tras la certificación del número total de alumnos y alumnas que se hayan matriculado para el siguiente curso escolar serán ofertadas al alumnado que resultó no admitido en el centro solicitado como prioritario, siguiendo el orden de admisión establecido y de acuerdo con lo que a tales efectos se establezca mediante Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.
      2. Si con posterioridad a la publicación de las vacantes a las que se refiere el apartado 1 y una vez finalizados los periodos de matriculación en ellas, se produjeran nuevas vacantes en el centro docente, sobre éstas no tendrá prioridad el alumnado que resultó no admitido, al haber finalizado el procedimiento ordinario, y las mismas podrán ser adjudicadas en el procedimiento extraordinario al que se refiere el artículo 55.
      3. En el caso de que esté pendiente de resolución algún recurso de alzada o reclamación a los que se refiere el artículo 52, que afecte al alumnado del propio centro, lo establecido en los apartados anteriores se llevará a cabo una vez se resuelvan los mismos.

      Eliminar
    3. Artículo 55 Admisión a lo largo del curso
      1. El procedimiento extraordinario de admisión del alumnado comienza una vez finalizado el plazo de matrícula del alumnado que resultó no admitido en el centro solicitado como prioritario, al que hace referencia el artículo 54.1 del presente Decreto.
      2. Las solicitudes de plaza escolar que pudieran producirse una vez finalizado el procedimiento ordinario de admisión del alumnado para atender necesidades inmediatas de escolarización del alumnado de incorporación tardía, entre otras las que vengan motivadas por el traslado de la unidad familiar o por adopción o por el inicio o modificación de otras formas de protección de menores, podrán presentarse en el centro docente en el que el alumno o alumna pretende ser admitido o en la correspondiente Delegación Territorial competente en materia de educación.
      3. En el supuesto de que existieran plazas escolares vacantes, la persona que ejerce la dirección del centro docente público o la persona física o jurídica titular del centro docente privado concertado estimará la solicitud y procederá a la matriculación del alumno o alumna en el centro utilizando el sistema de información Séneca. En caso contrario, remitirá la solicitud a la correspondiente Delegación Territorial competente en materia de educación.
      Cuando el alumno o alumna requiera recursos específicos que resulten de difícil generalización solo se estimará la solicitud si el centro docente cuenta con ellos. En caso contrario, la solicitud será remitida a la correspondiente Delegación Territorial competente en materia de educación, que le asignará una plaza escolar en un centro que disponga de los recursos para su escolarización.
      4. Las solicitudes que, directamente o a través de los centros, se presenten en la correspondiente Delegación Territorial competente en materia de educación, se resolverán por la persona titular de la misma. Si, por no disponer de plazas escolares vacantes, no fuera posible la escolarización del alumnado en el centro o centros docentes solicitados, se ofertarán otros centros docentes que dispongan de plazas escolares vacantes para su elección por la persona solicitante, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5.2.
      5. En el caso de solicitudes de admisión en el periodo extraordinario de escolarización de alumnos y alumnas que se encuentren bajo la tutela o guarda de la Entidad Pública competente en materia de protección de menores o que procedan de adopción, tendrán prioridad en la admisión en el centro donde estén escolarizados los hijos e hijas de las personas guardadoras o de las familias adoptivas, si los hubiera, o, cuando no los haya, en el que corresponda al domicilio o al lugar de trabajo de alguno de sus padres, madres, tutores o guardadores y, en el caso de los centros docentes privados concertados, en las etapas sostenidas con fondos públicos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5.2.
      6. Sin perjuicio de lo establecido en los apartados 2, 3 y 4 y en la disposición adicional sexta, en la asignación de plaza escolar se considerará la distribución equilibrada del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en los términos establecidos en el artículo 35.1 y la escolarización de los hermanos y hermanas en un mismo centro.

      Eliminar
    4. Lo que si puedes hacer es interponer recurso de alzada, conforme al art. 54.3 mientras que no lo resuelvan no pueden dar las plazas vacantes a nadie.

      Eliminar
  75. Buenas tardes.Quería comentarle un caso justo al contrario de los que se comentan aquí.
    En este caso el recurso lo han puesto contra mi hija,diciendo que el baremo por domicilio no es correcto ,por que no vivimos en esa dirección,cosa del todo falsa y demostrable con contrato.Pero mi pregunta es,puede el colefío pedirme una factura de agua,luz,etc..o un contrato de alquiler ?es lo que me han pedido desde el colegio para demostrar que realmente vivo en esa dirección.No hayhay problema,pero esa solicitud me la tiene que hacer por escrito o basta con una simple llamada del director del colegio?
    Gracias.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Puede exigir que se lo pidan por escrito, pero si no tiene nada que ocultar, lo más lógico es dárselo ya sin esperar a que lo pidan por escrito, para aclarar el tema cuanto antes. Si no le aporta esa documentación que le piden, se arriesga a que le quiten la plaza en base al resto de pruebas que tienen (que alguna tendrán cuando le quieren quitar la plaza) y entonces para recuperar la plaza tendría que ir al Juzgado y esperar un año a tener sentencia. En otras palabras, mejor darle lo que piden.

      Eliminar
  76. Buenos días,

    Gracias por vuestra ayuda, necesito comentar mi caso tengo dos niñas una de 3 y otra de 7, la pequeña ha sido admitida en un centro y queremos que la mayor estudie en el mismo pero no ha sido admitida en listas definitivas, el centro es concertado y tienen dos líneas una con 28 y otra con 29, han solicitado aumento de ratio pero les ha sido negado, hemos puesto un recurso de alzada ante la DAT para intentar la reagrupación pero aun no hemos recibido respuesta, el colegio me ha dicho que si hay algún alumno que repite o deja libre la plaza entraría ya que esta como primera en la lista de espera pero no hay garantía.
    Ante esto veo que no tengo ninguna posibilidad, informándome me he encontrado con la reagrupación de hermano por "medios cautelares", que significa esto? que implicaciones tiene?, podríamos valernos de esto para lograr que mi hija mayor estudie en el centro?
    Muchas gracias.
    Saludos.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Su caso es similar al de cientos de familias. El niño menor entra en el colegio y se intenta "arrastrar" al mayor pero no hay plazas para el mayor y se encuentran con 2 niños en 2 colegios distintos.
      Con la norma en la mano, solo cabe esperar a que en los próximos años quede alguna vacante en los cursos superiores para que el hermano mayor opte a ella (con preferencia a otros, ya que tendrá 16 puntos por tener a su hermano menor allí ya).
      Excepcionalmente, la Delegación de Educación si quiere puede aumentar el ratio para que estén los dos hermanos juntos, pero no están obligados a hacerlo, y menos si las clases ya están muy por encima de los 25 niños cada una.
      El recurso de alzada no sirve para reagrupar hermanos, solo sirve para discutir la lista de admitidos y no admitidos, si las puntuaciones son correctas (es decir, si no hay fraudes) entonces no hay nada que hacer.
      Las medidas cautelares las concede el Juez (ya cada vez menos, ante los abusos que se cometían años anteriores donde había clases de 35 niños con 10 por medidas cautelares). Para eso hay primero que agotar la via administrativa, es decir, recurso de alzada contra la lista de admitidos y no admitidos que deja fuera al hermano mayor (que supongo es lo que habéis hecho ya), luego, cuando en septiembre desestimen vuestro recurso (es lo más probable), teneis que ir al Juzgado con abogado (podeis pedir uno de oficio si vuestros ingresos son bajos, preguntad en colegio de abogados de vuestra ciudad) y el abogado en la demanda pide la medida cautelar (que pueden darla o denegarla). Si la concede el juez, entonces el niño estará yendo a clase 1 ó 2 años hasta que el Juez dicte sentencia. Entonces, puede que lo mantenga allí, o que vaya a la calle (por haber perdido la sentencia). No tiene sentido y no es bueno para el niño que entre 2 años con cautelar y luego va a la calle porque perdeis el recurso, lo que teneis que tener claro es que si quereis que el niño se quede en el colegio después de sentencia hay que denunciar fraudes concretos con nombre y apellidos. Asi es, para que el vuestro "entre" otros tienen que "salir", eso es lo que hay que pedirle al Juez. El aumento de ratio ya sea para agrupar hermanos u otra razón es discrecional, el Juez no puede darlo, lo concede la administración si quiere.

      Eliminar
  77. Hola,

    Muchas gracias por vuestra respuesta, me ha servido de mucho.

    Saludos.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Buenas,
      Con respecto a este caso, la DAT no me ha respondido por escrito, el recurso fue registrado como ingresado en junio y he tenido que acercarme días atrás presencialmente al no recibir respuesta, este silencio administrativo como debo considerarlo en este caso.

      Por la vía administrativa ya no hay más nada que hacer?

      Muchas gracias.

      Eliminar
    2. es silencio negativo, el recurso de alzada siempre es silencio negativo si pasan 3 meses sin respuesta (el aumento de ratio en cambio hay una sentencia que dice que el silencio es positivo, pero es una sentencia puntual y aislada)
      ya la única solución que queda es ir al juzgado con abogado (puedes pedir uno de oficio si tus ingresos no son muy altos y te sale gratis, pregunta en el colegio de abogados de tu ciudad)

      Eliminar
    3. Gracias otra vez por responder, solo una cosa más para saber lo que me espera, si voy al juzgado tampoco tengo garantías no?, tomando en cuenta que mi hija esta la primera en lista de espera y que el colegio tiene 2 clases una con 29 y la otra con 28(en donde yo solicito la num 29) que puede pasar?, pueden darme la plaza por medidas cautelares y luego quitármela, según lo explicas en otros casos? o cual es la mayor probabilidad?.
      Muchas gracias por tu tiempo y ayuda.

      Saludos.

      Eliminar
  78. Dios increíble, pero cierto siempre es grande. Después de varias versiones de mi solicitud por el banco, he recibido un préstamo a través de una señora muy amable.

    Para obtener más información, póngase en contacto con ella por correo electrónico a: marilinetricha@mail.ru que ofrece préstamos de € 3.000 a € 3.000.000 a cualquier

    persona capaz de devolver con intereses a una tasa baja de 2 %, no lo dude ese mensaje. Esta es una realidad perfecta. Corre la voz a amigos y familiares que están en

    necesidad.
    el pago comienza cinco meses después de recibir su crédito
    Que Dios os bendiga.

    ResponderEliminar
  79. Hola, mi caso es que tengo una niña con 3 años que ha entrado en la lista definitiva en un colegio concertado, se que los padres que se han quedado fuera han denunciado las listas enteras, pero a 5 de septiembre nadie me ha visitado en mi domicilio ni tengo comunicación alguna de la junta de andalucia (escolarización), ni avisos de correos en solo 3 dias que he faltado en todo el verano desde que hice la matricula, y el 11 de septiembre empieza el colegio, mi pregunta es la siguiente..cuando puedo considerar que mi plaza es definitiva si la policia autonomica desconocen mi expediente (he ido), y educacion no me hace comunicación alguna, puedo entender que el lunes 11 empieza el colegio y yo he cerrado mi tramite(escolarización servicios juridicos le dijo hace 2 años a un compañero de trabajo que tenia un niño afectado, que la ley dice que o bien por no haberte denunciado nadie o si lo han hecho ellos no consideran investigarte por no tener indicios, el dia de inicio del colegio termina todo y es definitiva tu plaza), independientemente de los padres que arrastren recursos contra sus hijos y los resuelvan con el colegio empezado.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. En septiembre se resuelven los recursos de alzada y hay 2 meses hasta noviembre para ir al Juzgado. Si en noviembre nadie ha recurrido al Juzgado, es a partir de noviembre cuando puedes quedar tranquilo/a con tu plaza. Pero si de aquí a noviembre alquien va al Juzgado, tu plaza esta en el aire durante los 2 ó 3 años que dure el recurso.
      Aunque la policía no haya ido a tu casa aun (suelen ir en verano) eso no quiere decir nada, pueden haberte denunciado pero no haber ido la policía a tu casa, o puede que aun no te hayan denunciado pero lo hagan después ante el Juzgado y sea el juez el que mande a la policía a la casa o que te manden un detective.
      Suele haber casos en que la Consejeria no investiga (no manda a la policía) porque aunque alguien denuncie, la Consejería cree que no tienen razón y no investiga, luego ese padre que ha puesto el recurso, sigue ante el Juzgado, y el juez si que investiga. De hecho, ha habido años que la policía no ha ido a las casas y ha sido el juez el que meses después ya iniciado el curso ha tenido que enviarla.

      Eliminar
  80. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  81. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  82. Hola en primer lugar gracias por el asesoramiento a tantos padres que estamos viviendo una pesadilla. Planteo mi caso:

    Escribo desde Madrid, que este año han modificado el procedimiento de asignación de plazas. En vez de un sorteo de una letra de apellido se ha sorteado un número del cual se aplica una fórmula. Según las bases esto se hace cuando hay desempate entre solicitudes: "El desempate entre solicitudes: Cada vez que en un centro sea necesario realizar el desempate entre varias solicitudes, el nuevo sistema integral de gestión educativa (RAÍCES) elaborará una relación ordenada alfabéticamente con las solicitudes que están en situación de empate. El empate se resolverá a partir de un sorteo público realizado por la Consejería de Educación e Investigación, cuyo resultado será aplicado por RÁICES mediante un procedimiento que permite que todos los solicitantes empatados tengan la misma probabilidad de resultar admitidos."
    El tema es que se ha realizado el desempate teniendo en cuenta que hay distintas vacantes: las ordinarias, y las de necesidades especiales. En ningún sitio de las bases indica que las vacantes son distintas. Entendemos que una vez liberadas las vacantes son las mismas. Pero al hacerlo en 2 rondas, nos hemos quedado casi a las puertas las dos veces en un mismo colegio.
    Hemos hablado con el servicio de apoyo a la escolarización y nos indican que lo que han hecho no es ilegal, pero tampoco es legal que mi hija se haya quedado fuera. Y nos dicen que para eso están los abogados.
    El caso es que creo que la formula del programa no la hicieron correctamente (de hecho, en el colegio quitaron las listas por pensar que estaban con errores). Pero no pueden dar marcha atrás porque afectaría a muchas familias.
    Considero que en nuestro caso la mejor solución sería que ampliaran ratio y también escolarizaran a los alumnos que hubieramos entrado en caso de juntar las plazas. Sería ampliar un alumno solo por clase. Pero no sé hasta que punto es factible.

    Hemos puesto reclamaciones, pero vamos a poner un recurso de alzada.

    Muchas gracias de antemano.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Si el tema admite diversas interpretaciones, lo mejor es poner un recurso y si hace falta llegar al Juzgado, es posible que a la vista de vuestro recurso, para evitar males mayores, puede que os ofrezcan una solucion (por ejemplo aumentar el ratio).

      Eliminar
    2. Muchísimas gracias por su respuesta. También lo que ha ocurrido en este tiempo es que para hacer la lista de espera resulta que han hecho otro desempate. A mí esto me parece un despropósito, porque una lista de espera por definición debería ser secuencial. Pero claro, la lista de espera no estaba regulada de ninguna manera, y no sé si pueden hacer lo que quieran.

      En general no sé si a nivel jurídico pueden hacer la interpretación que quieran si no está expresamente definido.

      Muchas gracias

      Eliminar
  83. Buenas tardes, agradecería su ayuda enormemente.
    Mi hija se ha quedado en reserva 1 en un colegio público de Almería que nos corresponde por zona. Durante el periodo de alegaciones hice un escrito solicitando un aumento de ratio (cosa que sé de antemano que se va a denegar y que a día de hoy no me han contestado).
    El problema es que a día de hoy me he enterado que hay bastantes niños que han obtenido plaza por domocilio y que están falsamente empadronados.
    Mi pregunta es si podría iniciar algún trámite de denuncia o ya es imposible, y en caso de que sí como debería de iniciar el procedimiento?? denunciando algún caso en concreto o las listas enteras?? Me imagino que contratando detectives el coste sería muy elevado..
    Gracias de antemano.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. El plazo para el recurso de alzada ya pasó (es 1 mes desde las listas definitivas), ese es el tramite correcto para denunciar. En el recurso de alzada deberías denunciar a niños con nombre y apellidos para que fuera la policía a sus casas a investigarlos, detective no es necesario, aparte el coste es muy elevado (suelen cobrar unos 400 euros por cada niño que investigan, sea cual sea el resultado).
      Como parece que no has hecho recurso de alzada, lo que puedes hacer es ir a Delegación y enterarte si algún padre ha hecho recurso de alzada, y que sea ese otro padre el que siga adelante con el recurso, si gana, la lista "corre" en beneficio de todos, no solo del que recurre (aunque si es ya en el Juzgado es mas discutible, el juzgado puede entender que si no has recurrido has dado por buena la lista). Intenta contactar con ese otro padre o padres y convéncele de que siga adelante con su recurso, si hace falta podeis compartir los gastos de abogado, etc...

      Eliminar
  84. Buenos días:
    mi situación es la siguiente, el caso de mi hijo mayor, que cursa tercero de primaria se ha llevado a Inspección y esta pendiente de que la Dirección de Área Territorial de la Comunidad de Madrid, apruebe o no el aumento de ratio por excepcionalidad para familias numerosas. Hay 3 líneas actualmente en el curso con 28 alumnos cada una, y se ha quedado el primero en la lista pendiente de entrar.
    Mi hijo pequeño, con discapacidad, está actualmente en el colegio en el que quiero que acepten al mayor.
    En mi caso la discapacidad del pequeño me lleva a luchar de una forma prioritaria que ambos compartan colegio, para poder atenderle en terapias, médicos, sin lo que supone acudir diariamente a dos colegios, etc...
    Quería saber cómo enfocaría mi caso, y en el caso de que me rechazaran el aumento de ratio, dónde se presenta el Recurso de Alzada, (el colegio está en Madrid capital), y si esto es lo mismo que llevarlo por el Contencioso Administrativo.
    Muchísimas gracias!
    Un saludo

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Yo habitualmente llevo casos en Andalucia, donde la normativa es diferente (cada comunidad tiene la suya propia, parecida, pero no idéntica). El recurso de Alzada se presenta ante la Consejeria de Educación de la Comunidad de Madrid, si se desestima, se presenta recurso contencioso administrativo ante el Juzgado (que están Madrid capital y es para toda la comunidad de Madrid). Es decir, son 2 fases, 1º, recurso de alzada en ante la consejería, que no es necesario abogado, 2º, recurso judicial contencioso administrativo, que si hace falta abogado. No obstante, el recurso de alzada o judicial hay que presentarlo frente a un acuerdo concreto, hay que recurrir el listado de no admitidos o la resolución por la cual te deniegan la plaza, y solo se puede recurrir si identificas la norma exacta donde dice que deberían haberte dado la plaza. Como te he dicho, desconozco la normativa en materia de aumento de ratio, discapacidad, etc... de Madrid, habría que verla para saber si hay posibilidad de que tu recurso prospere. Te aconsejo busques un abogado allí (o si tienes pocos recursos pide uno de oficio en el colegio de abogados de Madrid). Espero haber sido de ayuda. Un saludo.

      Eliminar
  85. Hola, quería comentarte nuestro problema porque llevamos unos días que no sabemos si podemos hacer algo y estamos pasándolo mal con esta situación que tenemos.

    Tras haber realizado la solicitud de admisión para el primer curso de segundo ciclo de infantil de nuestro hijo de tres años, nos dimos cuenta cuando salió la lista con los puntos que teníamos menos de lo esperado.

    Llamamos a la secretaria del centro y está nos informó que los puntos que faltaban eran por no haber seleccionado la pestaña de ambos padres trabajando, ya que al estar actualmente con ERTE, nos llevo a una confusión.

    Nos informaron que para subsanar el error y sumar esos dos puntos, debíamos enviar ambos certificados de empresa y vidas laborales a una dirección de correo electrónico que nos facilitó. Así lo hicimos ese mismo día.

    El pasado día 17 de junio salieron las listas definitivas y nos asombramos al ver que seguíamos con la misma puntuación y no se modificó. Quedamos nuestro fuera por insuficiencia de plazas. Quedando con 37 puntos, en lugar de 39, siendo el corte en 38 con varios alumnos con esa misma puntuación.

    Nos pusimos en contacto con el centro vía email, reenviadoles el anterior email con los documentos adjuntos, para que comprobaran que se envío a tiempo.

    Al día siguiente, la secretaría nos comunicó por teléfono que sentía mucho el error y tras haber hablado con el equipo de dirección decidieron aumentar el ratio de la clase para admitir a mi hijo ya que tenía más puntos de lo necesario y había sido un error suyo, nos comunicaron que la manera era haciendo un recurso de alzada y que ellos lo apoyarían en todo momento para que surtiese efecto.

    Esa misma tarde la secretaria vuelve a ponerse en contacto con nosotros indicándonos que había visto que el error no fue de ella, sino que al mandar el correo electrónico en la dirección faltaba un punto (.edu@juntadeandalucia)

    Al día siguiente y por teléfono nos comunico que el equipo de dirección no subiría el aumento de ratio al considerar que el error no había sido suyo, sino nuestro.

    Ahora nos encontramos con la problemática de que no sólo no podemos matricular a nuestro hijo en ese centro, en el que ya se encuentra su hermano, sino que el centro adscrito a ese colegio al que mi hijo podría ir para cursar infantil ha sido también reducido en un total de dos líneas y dándonos como única opción el reubicar a todos los alumnos afectados en otro centro a muchos kilómetros de nuestra área de influencia y el colegio en el que cruda nuestro hijo mayor.

    Nos gustaría saber si crees que es viable realizar un recurso de alzada para conseguir que nuestro hijo sea admitido en ese centro aportando Los documentos ya citados para que se nos subsane el error, ya que esté ha sido involuntario y se hizo dentro de plazo.

    Agradecería cualquier ayuda o comentario en estos momentos tan complicados que estamos teniendo

    Un cordial saludo

    Víctor

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Por supuesto que por hacer recurso de alzada no pierdes nada, intentalo, explicando todo lo ocurrido.
      No obstante, para dar una respuesta correcta a vuestro caso necesito me confirmes en que comunidad autónoma vives, porque conozco la normativa de Andalucia, y por los datos que me dais, me parece que estais en otra comunidad autónoma. La normativa es diferente segun la comunidad.

      Eliminar
    2. Buenas tardes, nosotros estamos en el municipio de Tomares, Sevilla,

      Muchas gracias.

      Saludos

      Eliminar
  86. Hola, mi hija se ha quedado la primera en la lista de no admitidos del centro solicitado, y tengo una duda ¿si se detecta que algún dato en las solicitudes de los admitidos está mal escrito o incompleto sirve para que esa solicitud quede nula? Se trata de los DNI de los padres que enoen una de las solicitudes no están completos. Si esto sirviera ¿Tendría que hacerse también mediante recurso de alzada? Estamos en Sevilla capital. Gracias por la ayuda

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. No. Si alguna solicitud contiene un error o falta algun dato, conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo pueden requerir a los padres para que en 10 días subsanen el error o aporten el documento que falta. Ojo, siempre que sea un error (p.e. numero DNI equivocado), si es un dato falso eso es otra historia, entonces si que podría perder la plaza.

      Eliminar
  87. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  88. Buenos días, a mi hijo no le han puntuado correctamente en un centro de Almería y se ha quedado fuera porque no han incluido los puntos por trabajar en el mismo municipio. ¿Podría contactar con usted para comentarlo en privado?
    Gracias.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Perdón, me refería a algún abogado de Almería que se dedique a estos temas y pueda contactar conmigo . mi mail ferialvera@yahoo.es

      Eliminar
  89. Hay modelo de recurso de alzada de escolarización para la junta de andalucia?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. No hay modelo oficial del recurso, pero en esta web he colgado uno (hay que actualizarlo con fechas actuales, pero en lo esencial se puede usar, unicamente ha cambiado el Decreto, que hay uno nuevo aprobado en 2020, pero muy similar al de 2011).
      http://projusa-abogado.blogspot.com.es/2012/04/muy-importante-real-decretoley-142012.html

      Eliminar
  90. Mi hijo ha quedado excluido por un error de la oficina de empadronamiento que ha estado cerrada por el confinamiento del covid 19. En las listas de baremación tenía 17 puntos y han admitido hasta un alumno con 16 puntos.
    Me dicen que solo me queda hacer un recurso de alzada y demuestre que vivo en la zona. Pero tendrían que aumentar la ratio? o me desplazarían a otro colegio de la zona...
    En el comentario anterior le pedia un modelo de recurso de alzada para la junta de andalucia.
    Estamos en Sevilla capital.
    Gracis

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Buenos dias. En el enlace
      http://projusa-abogado.blogspot.com.es/2012/04/muy-importante-real-decretoley-142012.html
      tienes un modelo de recurso de alzada (es antiguo, pero sirve todavia).
      Tienes que recurrir y decir que te den puntos porque vives en la zona y acreditarlo con lo que tengas (declaracion IRPF, IBI, recibos luz y agua, padron, etc...).
      Si estiman tu recurso, tendrían que darte mas puntos y a consecuencia "echar" a otros niños admitidos que pasarian a no admitidos. El aumento del ratio es discrecional, puede que para evitar "echar" a otros aumentaran el ratio, pero no es seguro. En cualquier caso, la plaza si demuestras que te corresponden los puntos por domicilio es tuya, pero para que entres probablemente haya que echar a otro niño/a.

      Eliminar
  91. Hola, le comento mi caso, debido al traslado forzoso de mi puesto de trabajo a sevilla, hemos realizado los papeles para este curso por el procedimiento ordinario,optando por el criterio de prioridad por cambio de domicilio por tema de trabajo ya que.venimos de madrid.
    Al ir a ver las listas de puntos aparezco en mi.primer lugar por el mencionado criterio de prioridad, hay solicitantes com más puntos que yo,pero soy la.primera de la lista.
    Resulta que no he sido admitida por falta dé plaza, voy preguntar al cole y me dicen que si mi.hijo tiene hermanos,( no es mi caso) desde dirección se están presentando recursos de los padres en delegacion para reagrupar a los mismos y que si se lo conceden entrarían en el cole.
    Mi pregunta es de si pueden darle la plaza a ellos y no tenerme en cuenta a mi que opto por prioridad, por no tener hermanos en el.centro.
    Otra duda que tengo es que cuando fui a ver las listas de puntos solo aparecían 3 niños que habían solicitado el.colegio en 2 primaria.
    Y cuando.han salido las denegaciones de plazas hay más niños en la listas que no estaban, no lo entiendo.
    Y hoy al.ir a ver.las reubicaciones aparecen menos niños, que han pasado con todos los que aparecían que.no le habían dado cole por la falta de plazas, eran 7 y en las reubicaciones solo aparecen 4 niños, ni entiendo a que puede ser.debido.
    Me podéis.facilitar.datos de Abogado para contratar por si hubiera alguna.forma de reclamar

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Disculpa la tardanza en responder. Si eres la primera de "lista de espera", cualquier renuncia o vacante o fraude que se detecte implica que deben darte plaza. Los recursos de los padres, imagino que seran niños con hermanos en el colegio que no les han reconocido los puntos por hermano y ahora los reclaman via recurso. Si de verdad tienen hermanos en el colegio, tendrian que modificar las listas y darles la plaza a ellos, lógicamente. Lo de las listas que aparecen y desparecen niños yo tampoco lo entiendo, sin verlas no puedo darte una explicacion. Si estas en sevilla, puedes buscar un abogado de alli que lleve asuntos de derecho administrativo, lo malo es que en estas fechas va a ser complicado.

      Eliminar
  92. En un IES de Valencia han informado de manera errónea a los alumnos de 2 de bachiller que podían realizar las PAU en julio con una asignatura suspensa (por leyes Covid) y despues de pagar tasas no podrán realizar este examen hasta septiembre, realizando antes el examen de dicha asignatura, la superen o no, obtendrán título bachiller.
    Hay 3 alumnos en esta situación, el IES se ha disculpado por informar mal a los tutores.
    A qué ley u orden me tengo que acoger para realizar recurso de alzada en la Consellería?
    Pues ya he realizado solicitud en el IES y no puede hacer examen, con el posible inconveniente que supone emocionalmente para el alumno y económicamente para la familia si en septiembre no accediese a la universidad deseada

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Buenas tardes, conozco la normativa en Andalucia solamente. El modelo de recurso de alzada puedes usarlo, pero tendras que ver (imagino que en la web de la consejeria de educacion de Valencia estaran) las normas que alli se aplican, pare decir que norma se ha vulnerado. El formato del recurso es lo de menos, lo importante es presentarlo en plazo y decir claramente lo que ha ocurrido (los hechos) y qué norma se ha infringido, y por ultimo, en el "solicita" decir claramente lo que se pide. Siento no ser de más ayuda, pero es que desconozco la normativa en Valencia.

      Eliminar
  93. Hola, mi hija tiene la máxima puntuación 26 de todos los solicitantes en el baremo de acceso al proceso de admisión a 1°Eso pues tengo otro hijo en el 1° centro, pero NO nos han adjudicado plaza porque las 143 se las llevan los adscritos y no ha habido ninguna plaza para baremar.Este año han adscrito tantos alumnos a este IES (7 Colegios) que no había posibilidad de plazas libres.El caso es que algunos alumnos según el cole de origen tienen 1 plaza adscrita y otros hasta tres.¿Se puede motivar el recurso de alzada en la inconstitucionalidad de la orden reguladora por discriminación cuando se permite alumnos con 1, 2o3 plazas adscritas o incluso por falta de equidad en el proceso de elección al adscribir tantas plazas a algunos centros que no hay ninguna libre que baremar?Por último, se puede solicitar plaza en periodo extraordinario amparándose en criterio de reagrupación familiar.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. La inconstitucionalidad la propia administracion no puede declararla, eso tiene que ser un Tribunal, suponiendo que fuera inconstitucional, que es dudoso, eso tardaria años en decidirse. O sea, que ese argumento a efectos practicos tiene poca utilidad. Cuestion distinta es que recurras la adscripcion de plazas pero eso hay que hacerlo antes de la solicitud de plaza, no ahora.
      Las plazas en periodo extraordinario el decreto preve que son por cambios de domicilio y poco mas, aunque en ocasiones se adjudican tambien por otros motivos. Pidela pero no esta garantizado que te la den por reagrupacion familiar.

      Eliminar
  94. Buenos días, tengo una duda, expongo mi caso.
    Soy funcionario, y acabo de pasar destinado el día 16/09/20 a la provincia de Almería. Para matricular a mis dos hijos (11 y 9 años) tuve que presentar un Anexo IX en el colegio de preferencia. La cuestión es que la Delegación Territorial me ha adjudicado plaza en un instituto y en un colegio para el menor. La problemática reside en la plaza del colegio del menor, ya que me han asignado una en un colegio que esta a 2.3 km de distancia, teniendo a mucho más cerca otros 3 colegios (2 públicos y 1 concertado). Desde la Delegación alegan que el cupo en esos colegios esta completo, por lo que en un principio me resigno y me voy hasta el colegio que me han asignado para matricular a mi hijo. La sorpresa es cuando en secretaria de ese colegio se quejan de que están "a tope" por encima del ratio y le acaban de mandar a varios alumnos más para su escolarización. Y yo me pregunto, si todos están a tope y se permite aumentar un 20% el ratio de alumnos, ¿Por que no se me ha asignado un colegio más cercano a casa?.
    Previamente al presente correo, remití un escrito a la Delegación, así como varias llamadas telefónicas que mantuve con ellos, le expuse mi caso, el cual, en nuestra unidad familiar solo disponemos de 1 vehículo y este se utiliza para que uno de los progenitores se desplace diariamente hasta la localidad de Almería para trabajar, coincidiendo en horarios con los colegios, obligando a un niño tenga que realizar casi 5 kilómetros a pie a diario, así como la madre, casi 10 km a pie, nos parecía inhumano, y más en aquellas estaciones del año en que las condiciones climáticas no son favorables.
    Es por lo cual necesitaría asesoramiento legal para poder resolver esta situación. Sin más agradezco de antemano su colaboración.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Disculpa la tardanza en responder. El aumento del ratio es discrecional, la Consejeria puede aumentar el 5% el ratio en uno y el 10% en otro, no necesariamente el 7,5% en los dos. Es injusto pero no puedes hacer nada, solo quejarte. Lo unico que puedes es exigir la plaza en el colegio donde sobren plazas, si sobran, pero en mi opinion no puedes exigir que aumenten el ratio para darte plaza. Mi consejo es dialogar, ser insistente (pero educado) y intentan convencerles de que te den plaza en el otro sitio que te interesa, por las buenas.

      Eliminar
  95. Buenas tardes.
    Antes de nada agradecer enormemente el trabajo que se ha hecho aquí que ha sido de gran ayuda para nosotros.
    Mi pregunta es la siguiente.
    Tal y como está el tema con la protección de datos actualmente. Las fotos de un buzón de un portal comunitario para demostrar la veracidad o falsedad de un domicilio en un recurso de alzada contra el posible fraude de falsedad de domicilio en el proceso de escolarizacion están permitidas?
    Es un tema delicado y no quiero tener problemas por aportar pruebas para facilitar la labor a la delegación y en este caso a la policía. Muchas gracias de antemano y un saludo.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Buenas tardes. En materia de proteccion de datos, hay una excepcion a la prohibicion de ceder datos sin consentimiento del interesado que es el interes legitimo y el estar amparado por una norma (aunque en esto hay opiniones para todos los gustos). De todos modos, el simple hecho de decir en un escrito el nombre y apellidos de una persona y donde vive, ya son datos personales.

      Eliminar
    2. Muchísimas gracias por responder y además tan rápido. Entiendo entonces que al ser parte concurrente de ese proceso y por el cual presento el recurso. Me ampara el interés legítimo para aportar dichos datos no?
      Es que si no sería imposible aportar datos y evidencias.
      Que fácil es empadronarse donde se quiera para obtener beneficios en detrimento de otros y causando perjuicios . Y que difícil es después demostrarle a la administración que ese falso empadronamiento y encima con un cuidado extremo para no meterte en un lío.

      Eliminar
  96. Buenas tardes.
    Presenté recurso de alzada en la delegación territorial de Granada el 23/06/2022
    Aún no he recibido respuesta, se que puede que aún sea pronto para la resolución. Pero esto me plantea 2 dudas.
    1 por qué medio suelen dar respuesta? En correo certificado?
    Y 2
    Puede que se dé el caso de que no me den respuesta y tenga que ir al juzgado?
    Saludos!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Buenas tardes. Normalmente responden a primeros de septiembre, justo dias antes de empezar el curso. El plazo son 3 meses (es decir, maximo el 23-9-2022), no obstante, todos los años (ver BOJA de 13/05/2022) la Junta declara urgentes estos procedimientos y recorta a la mitad los plazos (es decir, 1 mes y medio, con lo que deberían resolverte antes de mediados de agosto). Si pasa el plazo para resolver (ya sea el de 3 meses o el urgente de mes y medio) y no responden, se entiende desestimado el recurso por silencio administrativo y ya puedes ir al Juzgado. No obstante, agosto es inhabil, y cualquier abogado hasta septiembre no va a estudiar tu caso. Mi consejo: busca ya abogado que empiece a estudiar el tema para a primeros de septiembre presentar recurso al Juzgado (siempre que a la vista de tu caso concreto haya posibilidades de que el recurso prospere). Si quieres mandame email a br2209@icaalmeria.com y me das mas detalles en privado.

      Eliminar